pamplona - La teniente fiscal de Navarra, Ana Carmen Arboniés, concluyó ayer en su informe sobre el caso de la estafa y falsedad documental protagonizada por el subastador de arte Alberto Tejada Salvatierra que este “abusó de sus relaciones personales” y de explotar su círculo de confianza para estafar a la treintena de perjudicados, lucrarse a costa del patrimonio de estos y tratar también de levantar económicamente sus propias sociedades de las que disponía relacionadas con el arte y en precaria situación. En la penúltima sesión del juicio que se ha celebrado durante ocho sesiones en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, la Fiscalía reclamó en sus conclusiones doce años de prisión por un delito de estafa continuada y por un delito de falsedad en documento público. La fiscal reseñó “la falta de ética” de Tejada al estafar a sus propios familiares y amigos y basó en dos pilares el delito cometido: su cualidad de agente financiero, primero de Bankinter entre 2001 y 2015 y a su vez de Bankoa entre 2002 y 2008 (cuestión prohibida la de ejercer la doble condición de agente para dos entidades de manera simultánea), y que las relaciones cuasifamiliares con los perjudicados le facilitaron en grado sumo el engaño. “Todos confiaban en su buena labor”, expuso la fiscal. “No hay ninguna duda de que fue fácil para él que le entregaran el dinero para invertir”.
Sobre la mayor cantidad que le reclama uno de los perjudicados, que exige los 1,8 millones de euros que su tía, ya fallecida, invirtió en los productos que le ofrecía Tejada, quien alega que dispone de un poder universal con el que podía actuar libremente con los bienes de la mujer, la Fiscalía fue tajante: “Ahora no reconoce ese engaño, aunque sí lo hizo cuando se autoinculpó en el juzgado. Pero el dinero de esa señora lo ha usado para su lucro personal en su vida diaria o para sus empresas. Si no, ¿por qué esta mujer llegó a hacer una declaración patrimonial en la que reconocía esos posicionamientos financieros y llegó a pagar a Hacienda por ello? Tejada le causó un perjuicio. Y esta mujer, que murió en 2017 a los 83 años y vivía en el barrio de San Juan, ¿qué necesidad tenía de ir todos los meses a sacar 30.000 euros mensuales a una oficina de Bankinter en el paseo Sarasate?”.
La representante de Ministerio Público reclamó a la Sala que desestimara que al acusado se le aplicaran las atenuantes de confesión y reparación. “Su confesión fue a medias, en la que lo único que aportó fue una lista de perjudicados. Adelantarse un poco a una denuncia segura, cuando el delito se ha cometido y los perjudicados ya lo conocían no puede servir para una atenuante. Además, nunca ha tenido una voluntad de cooperar, y tampoco de reparar el daño, porque no tiene nada con qué hacerlo, salvo una vivienda en Gorraiz requetehipotecada, un yate que estaba a punto de vender y un coche que está tasado en 15.000 euros. La atenuante no solo exige voluntad, sino una conducta que vaya encaminada a disminuir los efectos del delito”.
la responsabilidad del banco Sobre el nudo gordiano del procedimiento, la responsabilidad civil de las entidades bancarias, la Fiscalía recordó que solo pide la condena de Bankinter, y no de Bankoa (como hacen las acusaciones particulares). “Era un agente con poderes para representar a Bankinter. Hay una responsabilidad objetiva Bankinter tiene que responder de los actos de sus empleados y no tenemos de que todos los perjudicados creían que lo era. Tenía todos los logotipos de la oficina. No hubo mecanismo de control, ni se cumplieron las directrices de agente financiero”.