El sindicato Afapna ha dado a conocer este viernes una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que valora en su totalidad los servicios prestados por una enfermera como contratada administrativa antes de ser funcionaria para el reconocimiento de la carrera profesional.

Esta carrera profesional se aplica al personal facultativo del Servicio Navarro de Salud y al personal diplomado sanitario (enfermeras, fisioterapeutas) como instrumento de motivación y mejora de la calidad de los servicios sanitarios, y como derecho de los profesionales a progresar de forma individualizada.

Para ello reconoce el desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, tareas asistenciales, experiencia, tareas docentes o de investigación, un esfuerzo individual en la adquisición de competencias propias del puesto.

Es a partir de 2008 cuando se establece el sistema de carrera profesional del personal diplomado sanitario desde que es funcionario y ahora la sentencia, destaca Afapna en un comunicado, reconoce que los servicios prestados con contrato administrativo cuenten a efectos de carrera profesional, pago e intereses.

"Esta sentencia supone que la carrera profesional no se aplica solo desde 2008 sino desde el primer día en que la persona comienza a trabajar en la función pública y abre la puerta a que quienes se hallen en la misma situación soliciten el reconocimiento de su carrera profesional real por vía judicial", subraya el sindicato.

Y concluye que para Afapna es "fundamental que a los funcionarios que han trabajado como contratados se les reconozca su verdadera carrera profesional".