A comienzos del mes de julio del 2022, el Gobierno de Navarra lanzó un proyecto de orden foral en el que se aprobaba la disposición general de vedas de caza en la región para la temporada 2022-2023. Ante la incredulidad del colectivo cinegético, se incluyó en ese documento que, a partir del 15 de febrero del 2023, en Navarra no se podría disparar munición de plomo a menos de 100 metros de distancia de un humedal. Jamás en una orden de vedas en Navarra se había impuesto una medida semejante, y tampoco ninguna otra comunidad autónoma española había adoptado una decisión similar.

El motivo de ello no era otro que, pese a ser una exigencia europea, la normativa comunitaria que hacía referencia a esa disposición se encontraba recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Gobierno de Navarra, obviando esa realidad, se escudó en que había tenido que adoptar esa forma de proceder, a tenor del Reglamento 2021/27 de la Comisión Europea, del 25 de enero del 2021, en el que se fijaba que los Estados miembros de la UE tendrían que prohibir a partir de la citada fecha del 15 de febrero el uso del plomo en la munición de las armas de fuego utilizadas en las proximidades de los humedales.

Lógicamente, la Federación Navarra de Caza (FNC) se opuso a este movimiento del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y, en menos de un mes, logró hacer entender al Gobierno foral que la normativa comunitaria se encontraba recurrida y que la justicia europea todavía no había resuelto las denuncias presentadas en su contra. Más aun, la forma de actuar de la Comisión Europea en todo lo relacionado con el empleo de la munición de plomo en humedales estuvo rodeada de polémica desde el primer momento, con el Defensor del Pueblo Europeo sacándole los colores en varias ocasiones a Bruselas, después de que la burocracia europea tratara de impedir al colectivo cinegético que expusiera sus reticencias hacia la normativa. Salieron a la palestra, incluso, denuncias de vulneración de derechos fundamentales y presiones de la propia Comisión Europea a los Estados para que votaran a favor de la prohibición del plomo.

En agosto del 2022, ante la insistencia de la FNC y los avisos de que recurriría la orden de vedas, si finalmente esta incluía la prohibición del empleo de munición de plomo, el Gobierno foral tuvo que dar marcha atrás a su intención inicial y, en el Boletín Oficial de Navarra del día 9 de ese mes, publicó la disposición general de vedas sin mención alguna al término humedal. Se trataba de una reacción lógica, ya que, además de que la normativa europea se encontraba recurrida, el planteamiento del Ejecutivo navarro dejaba demasiados aspectos abiertos a la interpretación. Entre ellos, por ejemplo, las dimensiones mínimas de una superficie de agua para que esta fuera considerada un humedal. La regulación se encontraba tan indeterminada que los cazadores navarros se hubieran encontrado al arbitrio de las interpretaciones variables que, en cada momento, hubieran adoptado las autoridades.

El empeño de la FNC no era solo una cuestión jurídica, sino también de seguridad pública y sanidad ambiental. Primero, para los propios cazadores, ya que la idiosincrasia ibérica en tipos de suelo, vegetación o especies cinegéticas hace mucho más peligroso el uso de perdigones que no sean de plomo, por los rebotes e impactos indirectos que producen sobre las personas que se encuentran cercanas al disparo. Por otro lado, no todas las escopetas soportan munición con metales alternativos al plomo, lo que genera reventones de armas y graves accidentes.

Asimismo, se encuentra el riesgo ambiental de los nuevos materiales alternativos al plomo, como el cobre, el bismuto, el tungsteno o el níquel. En estos casos, su riesgo ambiental se puede considerar mayor que el del plomo o, al menos, se desconoce su impacto sobre la peligrosidad, la toxicidad, la liberación al medio ambiente, la disponibilidad, la probabilidad de ingestión por aves, la contaminación del suelo y las aguas, etc. Por ello, hasta que no exista una alternativa real que sea segura y sostenible, la FNC indicó al Gobierno foral que se opondría directamente al imperativo del empleo de este tipo de nueva cartuchería.

Tras su decisión de modificar la orden de vedas, parecía que el Gobierno de Navarra había comprendido que la única opción posible era la de esperar a que la justicia europea resolviera las denuncias presentadas y validara o no la normativa comunitaria. Sin embargo, la pasada semana, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente liderado por Itziar Gómez regresó a sus pretensiones del 2022 y, en una determinación insólita, comunicó a la FNC que no podría emplear munición de plomo en una competición que iba a celebrarse solo dos días después.

La entidad que agrupa a los cazadores en Navarra había solicitado al Servicio Forestal y Cinegético el permiso para desarrollar dos pruebas de las modalidades de San Huberto y Perros de Muestra en un acotado de Mendavia. El director de este servicio, Fermín Olabe, aprobó la realización de sendas pruebas, pero impidiendo el uso de munición de plomo. En su resolución, indicó que las parcelas que iban a acoger las competiciones estaban ubicadas en la Zona Especial de Conservación (ZEC) de Yesos de la Ribera Estellesa y que estas correspondían a una zona húmeda.

Recurso

El acotado en cuestión ya había sido empleado en múltiples ocasiones para llevarse a cabo en él competiciones de caza, pero, por vez primera y sin mediar aviso previo con una mayor antelación, el Gobierno de Navarra incluyó la pasada semana esta prohibición. Para justificar la medida, el Ejecutivo foral alegó que había tenido en cuenta el Decreto Foral 76/2017, del 30 de agosto, por el que se designó el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Yesos de la Ribera Estellesa” como Zona de Especial Conservación, y se aprobó tanto el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación como el Plan de Gestión del Enclave Natural “Pinares de Lerín”. Todo ello, como una referencia para avalar la prohibición del uso de munición que contuviera plomo en las zonas húmedas de las ZEC. Frente a esta actuación del Gobierno de Navarra, la FNC se encuentra estudiando la presentación de un recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez, al entender que se está adoptando una norma que todavía no ha sido validada por la justicia europea. Además, se obliga al colectivo cinegético al uso de munición de acero, que comporta muchos más riesgos de seguridad para los cazadores.