La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a un joven en situación irregular, Abderrahmane B., de origen argelino, a seis años de prisión por un delito de lesiones después de que le reventara un vaso en la cara a una mujer en el interior de un bar de Burlada y le causara graves lesiones. La víctima, que tan solo le había advertido al acusado de que no podía salir del establecimiento con el vaso de vidrio, presenta una importante cicatriz como secuela y parálisis facial izquierda generada por la brutal agresión. El acusado, que se encontraba en prisión provisional desde que ocurrieron los hechos, será expulsado a su país cuando cumpla la mitad de la condena. Además, está obligado a pagar una responsabilidad civil de 111.250 euros por las lesiones y secuelas. Antes de la vista oral de esta semana solo pudo abonar 4.500 euros para la indemnización y anteriormente a esta fecha no había hecho abono de ningún ingreso.
La conformidad se firmó esta semana en la Audiencia y el procesado pidió perdón por lo ocurrido y se excusó en que no estaba acostumbrado a beber alcohol. Se le contempló la circunstancia atenuante de embriaguez, por lo que se le rebajó la petición inicial de pena. Además, se le condenó a una multa por un delito de resistencia que cometió en el momento en el que iba a ser interceptado por la Policía Foral.
Salía al exterior con un vaso
La agresión sucedió sobre las 2.30 del 11 de mayo de 2024 cuando el encausado entró acompañado de un compatriota en un bar de Burlada, donde ambos pidieron unas cañas. Poco después, el procesado salió del bar con el vaso en la mano, por lo que la encargada le manifestó que no podía salir a la calle con el vaso, haciendo el acusado caso omiso, por lo que la encargada se lo volvió a repetir, al igual que hizo una clienta, quien también le pidió que no saliera al exterior con el vaso.
El procesado, después de dirigirle una mirada agresiva, de forma repentina, sin que la víctima pudiera defenderse y con ánimo de causar un menoscabo personal, le dio a la víctima un fuerte golpe con el vaso en el lado izquierdo de la cara, que hizo que este se rompiese, y que ella empezase a sangrar profusamente, lo que no impidió que el procesado volviera a darle un puñetazo en el mismo lugar. Debido al fuerte impacto dado con el vaso, el acusado resultó con un corte profundo en su mano. El procesado abandonó corriendo el lugar, y fue localizado, poco después, en las inmediaciones por dos agentes de la Policía Foral, quienes le dieron el alto varias veces, haciendo el procesado caso omiso, y, con desprecio al principio de autoridad al ser interceptado, se opuso a ser detenido, llegando a forcejear con los agentes, resultando con lesiones uno de los agentes. En concreto resultó con lesiones consistentes en contusión rodilla derecha sin fractura, que precisaron para su sanidad una primera asistencia facultativa.
La víctima recibió tratamiento médico quirúrgico y presentaba las siguientes lesiones, tales como heridas faciales, como una cicatriz importante en la hemifacies izquierda. El proceso de cicatrización ha evolucionado favorablemente, pero precisa cuidados continuos. En la resolución se contempla que desde el punto de vista estético, respecto a la cicatriz, puede presentar leve mejoría con el paso del tiempo pero no mostrar cambios significativos respecto a la actualidad. Además, la agresión provocó a la víctima una parálisis facial izquierda, que aunque presenta cierta mejoría con el paso del tiempo, se puede considerar que persiste una parálisis objetiva.
En la conformidad se le impone una orden de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima durante diez años.