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Aprobado el dictamen sobre la modificación de la ley foral del Taxi

El proyecto propone "flexibilizar la prestación del servicio de taxi con personas contratadas"

Aprobado el dictamen sobre la modificación de la ley foral del TaxiJavier Bergasa

La Comisión de Cohesión Territorial del Parlamento de Navarra ha aprobado este martes el dictamen en relación con el proyecto de modificación de la ley foral 9/2005, de 6 de julio, del taxi, un texto con el que se pretende "mejorar la prestación del servicio", introduciendo medidas de accesibilidad universal, flexibilizando la contratación de personas y ampliando de uno a dos años la antigüedad de los vehículos susceptibles de adscribirse a las licencias, entre otras cuestiones.

Impulsada por el Gobierno de Navarra, el proyecto de ley tiene por objeto "mejorar la percepción del servicio de taxi por parte de los usuarios, incrementando la oferta, incentivando el acceso de nuevos profesionales y facilitando la prestación a las personas con discapacidad, todo ello a partir de la introducción de las innovaciones tecnológicas precisas, también para reducir emisiones, optimizar el reciclaje y facilitar la reserva, el pago y la facturación".

Contexto actual

Según han informado desde el Legislativo en una nota, en "su afán de adecuar la ley al actual contexto social y normativo", el proyecto propone "flexibilizar la prestación del servicio de taxi con personas contratadas, suprimiendo las limitaciones actualmente existentes, de cara a incrementar la oferta del sector".

Con este cambio, la persona contratada "podrá trabajar en cualquier horario, siempre y cuando la titular de la licencia realice más del 50% del tiempo anual de prestación del servicio".

En el supuesto de que el titular de la licencia estuviera afectado por causas de incapacidad laboral transitoria, jubilación o demás situaciones sobrevenidas que, "debidamente acreditadas, deriven en una interrupción de la prestación del servicio", la licencia podrá explotarse, hasta un máximo de dos años, mediante la contratación de una persona.

Previa autorización

Requerirá previa autorización del municipio o entidad local competente en el Área Territorial de Prestación Conjunta. Se entenderá concedida si, una vez cursada la solicitud, la entidad no dicta y notifica resolución expresa en el plazo de un mes.

En general, en lo que se refiere a la posibilidad de que las personas con licencia de taxi puedan operar con personal contratado, se suprimen las restricciones vigentes en torno a determinados horarios o fechas destacadas (la posibilidad de realizar estas contrataciones está limitada a horas valle, fines de semana, días festivos o vísperas de festivo, acontecimientos singulares o fiestas patronales).

Esta medida "permitirá incrementar la oferta de prestación del servicio de taxi, además de contribuir a la generación de empleo y favorecer la conciliación".

Antigüedad

Además, se plantea aumentar de uno a dos años la antigüedad de los vehículos que pueden adscribirse a las nuevas licencias y autorizaciones de taxi, adaptándose así a la normativa estatal, que contempla esa misma antigüedad, contada a partir de la primera matriculación.

La reforma legislativa incorpora la previsión de que, además de los titulares de las licencias, las personas contratadas accedan a los programas de formación y reciclaje profesional que articule el sector.

Esta formación incluirá módulos sobre atención a las personas con discapacidad, medios de apoyo y nociones básicas en materia de accesibilidad universal y perspectiva de género. A su vez, el colectivo de personas con movilidad reducida contemplando en la ley vigente se amplía, para incluir también a las personas con discapacidad.

Por otra parte, se dota de regulación específica a la posibilidad de que personas con discapacidad realicen reservas del servicio de taxis adaptados (eurotaxis) con antelación. En ese sentido, las emisoras y otros sistemas de reserva deberán disponer de redes de comunicación que cumplan las condiciones de accesibilidad universal para estos usuarios.

Se da un plazo de dos años para realizar esta adaptación, una vez que entre en vigor la ley, circunstancia prevista para el día siguiente a su publicación en el BOPN.

Potestad

Finalmente, se amplía la potestad de las entidades locales para establecer requerimientos adicionales a los servicios de taxi de carácter local, en concreto en lo que se refiere a las condiciones de uso de combustibles menos contaminantes, seguridad, capacidad y accesibilidad universal.

En cualquier caso, dispondrán de seis meses para modificar sus respectivas ordenanzas reguladoras y adecuarlas a lo dispuesto en esta norma.

En el transcurso del debate efectuado en Comisión se han rechazado las 2 enmiendas presentadas por EH Bildu, ambas dirigidas a eliminar la intransmisibilidad de las licencias expedidas por los municipios que se incorporen al Área Territorial de Prestación Conjunta en la Comarca de Pamplona (los municipios que lo integran de origen vienen recogidos en el apartado 1 de la disposición adicional única de la Ley Foral 9/2005), de modo que todas las licencias "puedan transmitirse previa autorización del municipio o de la entidad local competente" en dicha demarcación, poniendo así fin al régimen jurídico "diferenciado" que rige en la actualidad, pese a la "recomendación" en sentido contrario del Defensor del Pueblo (por no acorde al principio de equidad), desestimada por el Departamento de Cohesión Territorial.

Hay dos licencias sujetas a intransmisibilidad, las de Etxauri y Ulzama. Sin ningún apoyo, la propuesta de EH Bildu, que pasaba por modificar el apartado 1 del artículo 12 (en el sentido expresado en el párrafo anterior) y suprimir el párrafo segundo del apartado 6 de la Disposición Adicional de la Ley Foral 9/2005, ha decaído con los votos en contra de PSN, PPN, Contigo-Zurekin y Grupo Mixto. UPN y Geroa Bai se han abstenido.

UPN, por su parte, ha retirado la enmienda que propugnaba también la eliminación del párrafo segundo del apartado 6 de la Disposición Adicional y ha anunciado que solicitará un informe a los servicios jurídicos de la Cámara para aclarar si la citada cuestión es conforme o no a la legalidad.

Una vez dictaminado, el proyecto de modificación de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi será elevado al Pleno, previsiblemente el día 5 de junio, para su definitivo debate y votación.