El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de este miércoles, un Decreto Foral concebido para proteger las aguas del territorio contra la contaminación producida por nitratos utilizados en agricultura. La normativa, previamente contrastada con entidades locales y organizaciones agrarias mediante el correspondiente proceso de participación, aumenta de 4 a 12 las zonas consideradas vulnerables que serán objeto de las consiguientes medidas de seguimiento y protección, enfocadas a reducir las aportaciones de nitratos en esas masas de agua. 

La Dirección General de Medio Ambiente del Ejecutivo foral ha promovido esta revisión para adaptar la normativa navarra al Real Decreto 47/2022, de 8 de enero, derivado de la normativa europea sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por esta materia, que fija nuevos umbrales de concentración de nitratos.

Esta actualización de zonas vulnerables de acuerdo a los nuevos parámetros europeos supone la designación de siete nuevas áreas susceptibles de protección en Navarra. Se revisan además las cuatro zonas vulnerables ya declaradas en Navarra, de tal modo que una de ellas se desdobla en dos. Por tanto, se establecen doce zonas vulnerables, relacionadas tanto con masas de agua subterráneas como superficiales, que suman en torno a 247.955 hectáreas.

Detalle de las 12 zonas

Las siete nuevas zonas catalogadas como vulnerables se corresponden con las cuencas del río Iranzu desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Ega I (7.710,24 hectáreas); el arroyo de Riomayor, también desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Ega (9.720,99 ha); la del río Arga Bajo, incluida la masa de agua subterránea conocida como aluvial del Arga Medio y el agua desde el río Salado hasta su desembocadura en el río Aragón (59.460,83 ha); la del río Linares, desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Ebro, incluido el río Odrón (59.460,83 ha); el río Juslapeña, desde su nacimiento hasta su desembocadura final del tramo canalizado del río Arga en Pamplona (6.060,58 ha); el aluvial del río Aragón en torno a Sangüesa / Zangoza (3.123,08 ha); y las aguas subterráneas de la Sierra de Lóquiz y aluvial del río Ega (3.452,41 ha). 

Otras tres de las zonas vulnerables ya existentes se amplían. Se trata de la zona subterránea conocida como aluvial de La Rioja – Mendavia (7.346,40 ha); el aluvial del Ebro entre Tudela y el río Alagón (17.605,49 ha); y aluvial del Ebro – Aragón entre Lodosa y Tudela (47.567,77 ha). Otras dos zonas vulnerables se mantienen como estaban: la cuenca del río Cidacos desde su nacimiento a la desembocadura en el río Aragón (47.729,50 ha) y el río Robo desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Arga (8.243,65 ha).

El Decreto Foral ofrece una exhaustiva relación de los términos municipales incluidos en estas zonas vulnerables, cuyas parcelas agrícolas catastrales están llamadas a colaborar para la reducción del impacto de los nitratos en el agua. La nueva normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON).

Una vez designadas y delimitadas las zonas vulnerables, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente continuará trabajando, de forma coordinada con las Demarcaciones Hidrográficas, en el desarrollo y ejecución del Programa de muestreo y seguimiento de la calidad de las aguas. Este incluirá la toma de muestras de agua y determinación de compuestos nitrogenados para el estudio de tendencias del contenido en nitratos, el discernimiento del origen de la contaminación por nitratos y la eficacia de las medidas del Programa de Actuación, y en su caso, la adaptación de la presente designación de zonas vulnerables al conjunto de obligaciones establecidas en el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias

Afección a las aguas

La elevada concentración de nitratos en las aguas se ha convertido en un foco de atención de las administraciones públicas en las últimas décadas. El nitrógeno es un macronutriente esencial para el desarrollo de los cultivos, en su forma principal de nitrato. Su incorrecta aplicación como fertilizante químico u orgánico para la producción de alimentos, por usarse en cantidades excesivas o en momentos inadecuados, puede causar serios problemas ambientales, como la contaminación del agua superficial y subterránea, perjudicial tanto para la naturaleza como para la salud.

Una excesiva presencia de nitrógeno en las aguas, lo que se conoce como eutrofización, genera como principal problema la abundancia de determinadas algas en la superficie, de forma que la luz solar no llega a aguas más profundas y, además, se reduce la presencia de oxígeno en el agua. Como consecuencia, numerosas especies tanto animales como vegetales no tienen condiciones adecuadas para sobrevivir y los ecosistemas acuáticos se empobrecen. La eutrofización y la contaminación de acuíferos causa severos problemas en toda Europa, también en la Comunidad Foral. Aunque se trata de un fenómeno que puede tener solución si se reducen esos aportes de nitrógeno, los ecosistemas acuáticos necesitan largos periodos de tiempo para recuperarse, por lo que la prevención es fundamental.

Con el fin de proteger las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en agricultura, la Unión Europea aprobó la Directiva 91/676/CEE, del Consejo, de 12 de diciembre de 1991. Esta Directiva fue traspuesta al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, que fue actualizado y derogado por el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.

Cabe recordar que la Dirección General de Medio Ambiente ha analizado la evolución de esta contaminación difusa por nitratos tanto en las zonas hasta ahora designadas como vulnerables (Orden Foral del año 2020) como en las zonas que se incorporan a partir del Decreto Foral aprobado hoy y no existen tendencias marcadas de empeoramiento de la situación, pero tampoco de mejora. El incremento de la superficie a designar no se debe tanto a un empeoramiento real de la situación como a que los umbrales marcados por la Unión Europea para considerar una masa de agua afectada, reflejados en el Real Decreto 47/2022, son más exigentes que con la norma anterior, el Real Decreto 261/1996.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería deberá establecer y poner en práctica nuevos programas de actuación con objeto de prevenir y reducir la contaminación causada por los nitratos de origen agrario. El plan vigente a día de hoy se corresponde con los aprobados en el año 2020 mediante la Orden Foral 147E/2020, Si bien la elaboración de los programas de actuación o la tramitación de sus modificaciones le corresponde a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, estos deberán ser informados por la Confederación Hidrógráfica del Ebro, ya que todas las zonas declaradas como vulnerables se sitúan en la vertiente mediterránea, es decir, en aguas que van a parar al río Ebro, y son las confederaciones hidrográficas quienes ostentan la competencia en calidad del agua conforme a la Ley de Aguas.