La presencia de armas blancas en la vía pública, fundamentalmente en el entorno de lugares de ocio nocturno, es una problemática que preocupa, y mucho, a los responsables policiales de Navarra. No solo la tenencia, sino también los delitos con empleo o exhibición de cuchillos, navajas u otras armas similares se han incrementado en los últimos años, lo que ha activado todas las alarmas. La actividad de la Policía Foral de Navarra en este ámbito demuestra que el número de personas, eminentemente hombres, que portan armas blancas en lugares donde están prohibidas va en aumento. Solo en el área de Pamplona, los agentes del Cuerpo autonómico han cursado 184 denuncias por tenencia de armas blancas, han realizado 197 incautaciones y han instruido diligencias por 16 delitos por tenencia.
En todo 2024, hubo 192 denuncias, 256 incautaciones de armas blancas y 3 delitos, datos sensiblemente mayores que las 162 denuncias tramitadas en 2023, con 182 incautaciones y 8 delitos por tenencia, o las 87 denuncias cursadas en 2022, con 30 incautaciones y 3 delitos por tenencia.
Aumento del 255% en tres años
Con estos datos, el número de denuncias muestra una tendencia al alza evidente, ya que en este año 2025 los agentes de la Policía Foral han cursado una media de 18,4 denuncias al mes, frente a las 16 denuncias al mes que tramitaron en 2024, las 13,5 en 2023 y las 7,25 en 2022. Es decir, el incremento entre 2022 y 2025 ha sido del 255%.
El comisario responsable de la División de Prevención y Atención Ciudadana de la Policía Foral, Miguel Ángel Vicente, explica que no todas las incautaciones de armas blancas implican que la persona portadora sea denunciada. “Un ejemplo es un cazador que lleva una navaja para pelar la fruta por la mañana y por la noche está en un bar y la lleva encima. En esos casos hay que ver el contexto y se comprueba si el portador de la navaja tiene o no antecedentes por delitos contra las personas, contra el patrimonio o de violencia de género. Si es así, no se le denuncia, pero esa arma no debería estar ahí, por lo que se le decomisa”.
Denuncia por tenencia de arma blanca
Sin embargo, “en ese mismo caso, si la persona está borracha, irrespetuosa y está molestando a otros clientes, y además tiene antecedentes firmes por un delito contra el patrimonio, por ejemplo, se le denunciaría por tenencia de arma blanca”, expone. “Y en la misma situación, si tiene antecedentes firmes por lesiones, y lleva el arma no porque haya ido a cazar, sino porque dice que la lleva para defenderse, entonces se le imputa un delito por tenencia dinámica de arma blanca”, añade Vicente, quien agrega que “si además empleas esa arma blanca para amenazar o lesionar a alguien, entonces también serías detenido e imputado por el correspondiente delito”.
Para hacer frente a esta problemática, la actividad policial preventiva se ha intensificado notablemente, según afirma el comisario responsable de la División de Prevención y Atención Ciudadana de la Policía Foral, quien resalta que “el trabajo policial está dando sus frutos y estamos viendo como el incremento de denuncias por tenencia de armas blancas se va frenando. En estos momentos el incremento anual es del 15%, cuando entre 2022 y 2023 la subida fue del 86%”.
Entre la información que maneja la Policía Foral de Navarra para constatar el aumento de esta problemática se encuentra el dato de que el año pasado llevaron a cabo 359 intervenciones en las que había implicada un arma blanca en alguna circunstancia, desde su hallazgo en registros, hasta su empleo en la comisión de delitos, pasando por la tenencia dinámica de armas blancas.
Normativa sobre armas blancas en Navarra
- Ámbito administrativo. En el ámbito administrativo, el texto que regula esta materia es la Ley Orgánica 4/205, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que establece que constituye una infracción grave “portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan una infracción penal”.
- Ámbito penal. En el artículo 563 del Código Penal se estipula que la tenencia de armas prohibidas y la de aquellas que sean resultado de la modificación sustancial de las características de fabricación de armas reglamentadas, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. “Portar un cuchillo de caza de 15 centímetros en un bar de copas, oculto en la ropa interior y sin motivo legítimo, es muy probable que constituya una delito”, según afirman desde la Policía Foral de Navarra.