El Gobierno de Navarra, a través de la Dirección General de Interior, recuerda que, en marzo de 2026, cuando se cumple un año desde la aprobación del Reglamento General de Juegos y Apuestas de Navarra, los locales de juego de la Comunidad Foral deberán contar con un control de acceso. Asimismo, también entrará en vigor la obligación de identificación de la persona usuaria en las máquinas de apuestas instaladas en establecimientos de hostelería.

De esta manera, los salones de juego y las locales de apuestas deportivas deberán tener instalados y puestos en funcionamiento los servicios de admisión y control de acceso a sus locales desde el 26 de marzo de este año. De la misma manera, los bingos deberán adaptar sus servicios a la nueva norma. Según el texto, los locales deben disponer de un sistema informático que posibilite la conexión con el sistema informático del Gobierno de Navarra y permita la comprobación de la mayoría de edad y la inclusión o no en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de Navarra.

Además, los servicios de admisión y control deben estar situados en las zonas contiguas a las puertas de acceso, de manera que ninguna persona pueda acceder al interior sin haber pasado obligatoriamente por dicho servicio.

El personal encargado, o el sistema de identificación correspondiente, deberá identificar previamente a todas las personas mediante la exhibición del DNI, NIE, pasaporte o equivalente, con el fin de comprobar si cumplen con la mayoría de edad o no están inscritas en los registros de interdictos, de acuerdo con el reglamento de protección de datos.

Se trata de una medida enmarcada en la prevención de los colectivos más vulnerables, cuyo objetivo es impedir el acceso de personas menores de dieciocho años, así como las incluidas en el Registro de Interdicciones.

Para ello, el Gobierno de Navarra cuenta con un acceso web en el que se pueden inscribir las personas que quieran prohibirse a sí mismas el acceso. Además, en octubre de 2024, se firmó un convenio para la interconexión automatizada con el registro estatal del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Identificación de los usuarios

Por otra parte, las máquinas de apuestas en hostelería deberán contar con elementos técnicos que obliguen al usuario a identificarse de forma previa y obligatoria para comprobar su edad y si figura en el registro de interdicciones. Además, deberán incorporar mecanismos para que, mientras no se utilicen, permanezcan en reposo sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.