Una abogada alude a sentencias inventadas por usar la IA y el TSJ de Navarra no la sanciona
El Tribunal Superior de Navarra advierte de que el uso fraudulento de inteligencia artificial es sancionable por mala fe procesal - La Sala de lo Social del TSJN archiva la propuesta de sanción para una abogada que citó jurisprudencia inventada debido a que se apresuró a pedir disculpas, manifestó que lo hizo sin mediar mala intención y alegó que su error se produjo solo por la falta de revisión
No es el primer caso en Navarra, lo cual ya resulta preocupante, y no tiene pinta de que vaya a ser el último. Después de un procedimiento judicial en el que un abogado navarro aludió a artículos del Código Penal colombiano para justificar sus argumentaciones, error propiciado por el uso de la IA, ahora ha sido otra abogada la que ha tenido un error semejante después de que al acudir a las herramientas informáticas de IA se inventara sentencias que no existían. No es sancionada porque no actuó con mala fe y pidió disculpas de manera rápida.
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) advierte en una resolución “de las implicaciones legales, deontológicas y éticas que puede plantear el uso descuidado de las nuevas tecnologías”, en concreto, de la inteligencia artificial, cuyo uso fraudulento puede ser sancionable económicamente por mala fe procesal.
En el supuesto enjuiciado, la Sala ha archivado el procedimiento sancionador abierto contra una abogada que, en un recurso presentado en octubre de 2025, incluyó ocho citas inventadas de sentencias del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, Tribunal Superior de Navarra y Tribunal Superior de Madrid.
“No nos cabe duda [de] que el uso descuidado de estas tecnologías en los procedimientos judiciales plantea importantes implicaciones deontológicas y, desde luego, es susceptible de integrar un claro ejemplo de mala fe procesal y de abuso del proceso”, destacan los magistrados.
No obstante, el Tribunal ha optado por el archivo de la causa debido a dos escritos presentados por la abogada en los que se apresuró a pedir disculpas: "En la singularidad del caso que nos ocupa, la inmediata reacción de la letrada excusando el error cometido determina que la Sala se incline por el archivo de la presente pieza separada sin imponer la correspondiente sanción pecuniaria, sirviendo la presente —quizá— de advertencia de las implicaciones legales, deontológicas y éticas que puede plantear el uso descuidado de las nuevas tecnologías”.
El pasado 20 de febrero, el Tribunal acordó abrir la citada pieza sancionadora por mala fe procesal con el fin de depurar las responsabilidades en las que hubiera podido incurrir la abogada.
La Sala consideraba que “esa actuación de la letrada constituía, además de una vulneración de la buena fe procesal, una falta de respeto a los magistrados, un desprecio de la función jurisdiccional que desempeñan y una perturbación del trabajo de este Tribunal”. Cinco días después, la letrada presentó un escrito en el que hacía constar “el sincero reconocimiento expreso del error sin voluntariedad, por falta de revisión y en la confianza del borrador preparado, la retirada íntegra y [la] solicitud de tener por no puestas las citas y transcripciones afectadas”. Asimismo, expresaba “la más respetuosa y sincera disculpa personal y formal”.
Además, el 3 de marzo volvió a interponer otro escrito, en el que, tras excusarse y disculparse nuevamente, incidía en el error cometido por no haber revisado el recurso adecuadamente. Solicitaba el archivo del expediente sancionador, puesto que, según alegaba, la mera apertura del mismo ya le había servido de aprendizaje.
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, las multas por este tipo de mala praxis pueden oscilar entre 180 y 6.000 euros.
En la apertura de esta pieza separada, la Sala argumentó que “esta irregularidad cometida por la letrada constituye, además de una vulneración de la buena fe procesal, una falta de respeto a los magistrados, un desprecio de la función jurisdiccional que desempeñan y una perturbación del trabajo del tribunal, por tener que enjuiciar las consecuencias de tal injustificada irregularidad (como ya ha mantenido la Sala Primera del Tribunal Constitucional)”.
Para el TSJN, el uso de las tecnologías emergentes y de los materiales generados por inteligencia artificial en los procedimientos judiciales no está exento de importantes consideraciones éticas y legales para garantizar un uso responsable. “Lo que impone una verificación adicional, puesto que la revisión y validación de los documentos legales seguirá siendo responsabilidad de los abogados para garantizar la precisión y el cumplimiento normativo”, remarca.
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