El Gobierno de Navarra sigue adelante con el cierre de 33 aulas de Infantil y descarta aplicar una moratoria de un año al concluir que carece de encaje legal y que solo sería jurídicamente aplicable a un único caso, la Ikastola Ibaialde de Lodosa, en pleno pulso político por la reorganización de la red educativa ante el descenso de la natalidad. El vicepresidente primero y portavoz del Ejecutivo, Javier Remírez, ha asegurado este miércoles que el informe jurídico encargado por el Departamento de Educación es “claro y rotundo” y obliga a actuar “con la regla de derecho y con plena seguridad jurídica”.
El portavoz ha insistido en que la resolución ya publicada por el Departamento aplica “estrictamente lo que es el marco legal vigente” y ha advertido de las consecuencias de actuar al margen de la ley: “Si un funcionario, a sabiendas, incumple la norma, eso tiene un nombre: es un delito de prevaricación administrativa”. Por ello, ha recalcado que el Ejecutivo debe actuar “en cualquier materia” con arreglo a la normativa vigente.
Remírez ha detallado que la normativa vigente no contempla la figura de la moratoria, para precisar que el decreto únicamente prevé “una prórroga de un año en los casos en los que un centro concertado solicita un nuevo concierto y no se le puede prorrogar”. Esa posibilidad, ha explicado, se limita a situaciones en las que un centro pierde completamente el concierto educativo, de modo que pueda “aclimatarse a la situación que genera una inexistencia de concierto”.
El informe limita las prórrogas
El informe jurídico emitido por la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación subraya que, según la Ley Orgánica de Educación, la duración mínima de estos acuerdos es de cuatro años para etapas como el Bachillerato o el segundo ciclo de Infantil, y que cualquier prórroga excepcional debe ajustarse estrictamente a lo previsto en el Decreto Foral 416/1992. Esta normativa establece con claridad que la administración solo puede ampliar la vigencia de un concierto por un único curso escolar cuando se ha producido una denegación de la renovación debidamente motivada.
En este punto, el documento introduce una distinción clave para entender el conflicto: no es lo mismo reducir unidades que denegar un concierto. Las “unidades” son, en términos prácticos, las aulas financiadas con fondos públicos dentro de un centro concertado. El concierto, en cambio, es el acuerdo global entre la administración y el centro. El informe aclara que la supresión de algunas unidades por falta de alumnado —derivada del descenso demográfico— no implica que el concierto desaparezca, sino que se mantiene con menor dimensión.
En este sentido, el texto es contundente al diferenciar entre la reducción de unidades escolares y la denegación total del concierto. El informe aclara que para la gran mayoría de los centros no cabe la prórroga solicitada porque sus conciertos sí han sido renovados por cuatro años más, aunque con menos unidades en algunos casos debido al descenso demográfico. Según el documento, "en el caso de los centros privados a los que se les ha denegado la concertación de alguna unidad solicitada no tiene encaje jurídico que se puedan prorrogar un año más", dado que ya cuentan con un nuevo compromiso legal que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.
Desde el punto de vista jurídico, esto implica que no se puede prorrogar algo que ya ha sido renovado. Si un centro tiene concedido un nuevo concierto para el periodo 2026-2030, la ley obliga a que ese nuevo marco entre en vigor en la fecha prevista, sin posibilidad de introducir un año intermedio de transición.
La conclusión principal del informe limita la aplicación de esta medida excepcional a un único caso en toda la Comunidad Foral. La Secretaría Técnica concluye que el Departamento de Educación "puede aplicar la prórroga de un año prevista en el artículo 44 del Decreto Foral 416/1992 únicamente a la Ikastola Ibaialde de Lodosa", por ser el único centro al que se le ha denegado la renovación de forma absoluta. En este supuesto concreto sí se cumple el requisito legal que activa la prórroga: la desaparición total del concierto, lo que justifica un periodo transitorio de un curso para facilitar la adaptación.
Para el resto de los centros, el informe advierte que imponer una moratoria generalizada "vulneraría la duración máxima de los conciertos educativos regulada en el artículo 116 de la Ley Orgánica de Educación". En términos prácticos, hacerlo supondría quebrar el principio de jerarquía normativa —por el que una norma autonómica no puede contradecir una ley orgánica estatal— y generar un escenario de inseguridad jurídica.
Critica la ley de UPN por “inseguridad jurídica”
En paralelo, el vicepresidente ha avanzado que el Ejecutivo está analizando la proposición de ley registrada por UPN para frenar los cierres, aunque ha mostrado ya un rechazo de fondo. A su juicio, la iniciativa “va en la línea emprendida por el Partido Popular y Vox en otras comunidades autónomas” y “trata de subordinar la enseñanza pública a la enseñanza concertada”.
Remírez ha cuestionado el planteamiento de “dejar todo congelado, en stand-by, durante un año” y ha advertido de sus efectos: “¿Y después, dentro de un año, qué aplicamos? ¿El criterio actual, otra moratoria nueva?”. En su opinión, esto generaría “una situación de inseguridad jurídica y de incertidumbre a todas las familias”.
Además, ha señalado que la propuesta presenta “graves fallos de técnica jurídica”, entre ellos la regulación de la duración de los conciertos, que corresponde a la normativa estatal básica. En concreto, ha recordado que la Ley Orgánica de Educación fija un máximo de cuatro años con posibilidad de prórroga en determinados supuestos, por lo que una modificación en ese ámbito excedería las competencias forales.
“El planteamiento crea una situación de inseguridad jurídica para las familias, para los alumnos y para los centros educativos, y va en menoscabo de la educación pública”, ha afirmado, al tiempo que ha advertido de que también supondría “quitar la capacidad de planificación educativa a un gobierno autonómico”.
Justifica la medida de Gimeno
El portavoz ha enmarcado la actuación del Ejecutivo en la necesidad de adaptar el sistema educativo a la evolución demográfica. “Todos somos conscientes de que hay una realidad demográfica que es cambiante”, ha señalado, para recordar que las proyecciones del Gobierno foral hasta 2039 apuntan a una reducción del peso de la población de entre 0 y 16 años del 15% al 13%, frente al aumento de la población mayor de 65 años del 21% al 26%.
Con estos datos, ha defendido que “tenemos que conjugar lo que es la decisión política con el cumplimiento estricto de la normativa” y con la planificación de recursos. “El Departamento de Educación y cualquier gobierno tienen que tener la capacidad de planificación”, ha insistido.
En este contexto, ha reiterado que el Ejecutivo mantiene “un compromiso explícito con la educación pública de calidad y de diferentes modelos como eje vertebrador del sistema”, al tiempo que garantiza “el derecho a que las familias puedan optar por el modelo educativo que opten para sus hijos”.
Remírez ha concluido que Navarra “no va a escatimar recursos” en educación, con especial atención a ámbitos como la formación profesional dual, y ha defendido que las decisiones adoptadas responden a criterios de “racionalidad, eficiencia del gasto público y cumplimiento estricto de la normativa”, los mismos —ha subrayado— que han guiado la actuación de todos los gobiernos desde la entrada en vigor del decreto en 1992.