Un hombre de 45 años ha sido condenado a prisión permanente revisable por asesinar a golpes a un bebé de siete meses, hijo de su compañera sentimental, el pasado año en el domicilio familiar de Elche (Alicante).

Según ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), la Sección Séptima de la Audiencia Provincial alicantina también ha decidido, conforme al veredicto emitido por el jurado popular, absolver del crimen a la madre del pequeño, de 36 años, al no quedar acreditado que aceptara "las posibles consecuencias que para la propia integridad física" del niño, "incluyendo la propia vida, suponía dejarlo al cuidado" del condenado.

Pese a ello, la magistrada que ha presidido el tribunal sí ha condenado a la esta mujer, española al igual que el condenado, a un año de cárcel por un delito de malos tratos, mientras que ambos quedan absueltos de la acusación de malos tratos habituales.

El relato de hechos probados recogido en la resolución señala que el 15 de mayo de 2021, cuando los tres se hallaban en un establecimiento público en la pedanía ilicitana de La Hoya, el ahora penado reprendió al menor "con una violencia desproporcionada" y le propinó "una fuerte bofetada en la cara".

Esa acción fue presenciada por la madre de la víctima quien, "lejos de proteger a su hijo o recriminar la acción" a su pareja, "lo toleró", motivo por el cual ambos han resultado condenados por esos malos tratos puntuales.

Nueve días más tarde, el 24 de mayo, la mujer se fue a trabajar y dejó al niño al cuidado del otro acusado en el domicilio familiar de la ciudad de Elche, donde el hombre golpeó entonces hasta en cuatro ocasiones veces con gran violencia al niño en la cabeza y le provocó lesiones que le dejaron inconsciente.

Aunque posteriormente la madre lo llevó al Hospital General de Elche, el pequeño perdió la vida y el examen forense reveló el maltrato.

La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, impone al condenado la pena de prisión permanente revisable como autor de un delito de asesinato con agravantes de alevosía y parentesco, y le obliga a indemnizar al padre biológico del bebé con 25.000 euros por los daños morales.