El Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona ha dictado sentencia condenatoria contra un paciente “por delito de atentado” con seis meses de prisión y “por delito leve de lesiones” al pago de 100 euros como indemnización al médico agredido.
La agresión se produjo el 6 de febrero de 2020 a un médico del Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Cintruénigo, que reconoció al paciente. Los hechos probados detallan que el acusado, tras salir de la consulta y disconforme con la asistencia recibida por el médico de guardia, irrumpió de nuevo en la consulta y, tras increparle, “agredió al doctor propinándole un puñetazo en la cara que le hizo caer al suelo, y una vez en el suelo, le siguió golpeando”, ocasionándole múltiples lesiones.
El profesional agredido denunció a través de los servicios jurídicos del Colegio de Médicos de Navarra. La sentencia muestra su conformidad con la calificación de la acusación, dado que los hechos declarados probados -por expreso reconocimiento del acusado- son constitutivos de un delito de atentado previsto y penado en el art. 550 1º y 2º del Código Penal y de un delito leve de lesiones penado en el art.147.2 del Código Penal.
La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso ordinario. Obliga, además, al pago de las costas al acusado.