La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha elevado de 10 a 11 años de prisión una pena que impuso la Audiencia a un vecino de Pamplona de 60 años de edad por violar a una joven de 22 años a la que tenía alquilado un cuarto en la vivienda familiar del acusado en la que convivía con su mujer.

La agravación de la pena impuesta se debe a que el TSJN ha estimado un recurso supeditado de apelación presentado por la Fiscalía y ha desestimado el de la defensa, que apeló por la condena. El TSJN ha entendido que la Audiencia, que le condenó a 10 años de prisión, le tenía que haber condenado a 11 años y no lo hizo por no haber aplicado un subtipo agravado derivado de la convivencia entre el acusado y la víctima.

Además, le imponen una orden de alejamiento durante 15 años, otros 6 años de libertad vigilada, 17 años de inhabilitación para cualquier actividad que conlleve el contacto regular con menores y una indemnización de 12.000 euros en favor de la víctima por los daños morales causados. El condenado es un hombre de 60 años, de origen suramericano y vecino de la Comarca de Pamplona. Residía con su mujer en el domicilio y en dicho piso convivió la víctima durante cuatro meses, en una habitación de alquiler. La joven se encargaba de pasear a los perros del matrimonio y podía hacer uso de las zonas comunes de la vivienda.

Los hechos se iniciaron a partir de octubre de 2021 después de que el acusado regresara de unas vacaciones con su mujer en su país de origen. La sentencia recalca que por aquellas fechas el acusado empezó a acosarla en el domicilio, aprovechando que se encontraba a solas. Le efectuaba tocamientos y frotaba sus genitales contra ella. La víctima le decía no quiero y, para evitarlo, se encerraba en su habitación para no verlo.

Ya en noviembre de 2021, el procesado le efectuó tocamientos cuando se encontraba en el cuarto de estar. El acusado le manifestó que quería acostarse con ella y la chica le mostró su negativa. Sin embargo, al día siguiente, cuando ella fue a cucharse y volvía a su habitación, el acusado entró de repente en el cuarto. Aprovechó para hacerlo que su mujer se había ido a trabajar. Entonces, se abalanzó sobre la víctima, intentó desnudarla y la empezó a besar. Mientras, la joven se resistía con todas sus fuerzas. Finalmente, el acusado la violó. Ella empezó a chillar y él paró y salió del dormitorio. A continuación, llamó por teléfono a su prima para pedirle auxilio y mientras realizaba la llamada, el acusado volvió a abrir la puerta de la habitación y la prima de la víctima le dijo que le grabara. Así, la joven colgó la llamada y empezó a grabar al acusado, que llevaba un cuchillo en la mano y le pedía perdón. Ella le decía que se fuera y lloraba muy afectada. A continuación salió a la calle corriendo y detuvo a una patrulla de policía para que le ayudaran, Les manifestó que la habían violado y les enseñó el vídeo que había grabado. La chica fue atendida de inmediato debido a su estado de pánico y fue trasladada al hospital donde se detectaron varias lesiones compatibles con lo relatado.

El TSJN confirma ahora la sentencia de la Audiencia, salvo el punto en el que agrava la pena por existir una convivencia, hecho que viene agravado por la Ley 2021, en vigor en el momento de los hechos.

La resolución destacó que la declaración de la joven demuestra la ausencia de consentimiento y "despeja toda duda en relación a que no existía ningún móvil espurio que pudiera justificar la denuncia frente al acusado". Pero además, el tribunal resalta que la declaración del propio acusado "integra un elemento corroborador de la violación". En su declaración, alegó en su descargo que fue la joven la que entró en su habitación, le pidió arroz y se fue a la cocina. Luego regresó con unas tostadas y que ella "se fue metiendo en la cama por el lugar donde duerme su mujer, le empezó a tocar y él se excitó". Viene a justificar que fue la víctima quien consintió la relación y que la escena del cuchillo fue "porque él se lo puso en el cuello y le pidió perdón porque al empujarla de la cama le hizo daño". Igualmente, la amenazaba con que "si le contaba algo a su mujer le haría daño".

Sin embargo, la Audiencia no otorgó ninguna credibilidad al testimonio del agresor. Recuerda que ante la Policía él negó cualquier relación sexual y luego rectificó su versión, reconociendo contactos sexuales pero consentidos, "lo que aparece plenamente justificado por el resultado de la prueba pericial de ADN practicada".

La Sala manifiesta que "la versión fáctica exculpatoria relatada por el acusado aparece total y absolutamente desvirtuada por las pruebas practicadas, reveladoras de que los hechos ocurrieron tal y como ha relatado la víctima. El vídeo demuestra una versión absolutamente incompatible con la tesis sostenida por la defensa del acusado".

Además, el estado psicológico de la joven apreciado por los testigos en los momentos posteriores y por el médico forense revelan que "los actos sexuales ejecutados por el acusado lo fueron sin consentimiento de la víctima, empleando violencia frente a ella, que se opuso en todo momento y que se tradujeron en una intensa afectación psicológica inmediata en la misma".