Una música profesional de cuerda que trabaja en una orquesta navarra ha sido declarada en situación de incapacidad permanente parcial, lo que le otorga derecho al cobro de una indemnización equivalente a 24 mensualidades de su base reguladora, pero no a una pensión mensual. Esta resolución se debe a las múltiples dolencias que presenta en la espalda, codo y brazo, además de un diagnóstico de fibromialgia, que le impiden continuar ejerciendo su profesión sin realizar cambios posturales frecuentes. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social de Navarra como la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), que revisó su recurso, han determinado que "no se ha acreditado que las limitaciones que presenta la actora agoten, en la actualidad, su capacidad laboral para seguir haciendo las fundamentales tareas de su profesión habitual".

La demandante, de 49 años, acudió a los juzgados tras la decisión del Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social, que consideró que no calificaba como incapacitada permanente, argumentando que "no presentaba reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral". En noviembre de 2022, la Dirección Provincial de la Seguridad Social desestimó su solicitud, denegándole cualquier grado de invalidez. La demandante llevó su caso a los tribunales con un informe que reconocía múltiples dolencias, incluyendo lesiones en la zona lumbar y de la espalda, fibromialgia, epicondilitis de codo y bursitis de hombro. Fue derivada a la Unidad del Dolor, donde se observó un incremento del dolor con los movimientos y posturas mantenidas o forzadas de tronco y brazo derecho.

Diagnóstico y limitaciones laborales

En octubre de 2023, el servicio de Traumatología diagnosticó una hernia calcificada. Debido a los riesgos asociados a un posible tratamiento quirúrgico y la falta de garantías de eliminación total del dolor, se recomendó evitar tareas que impliquen cargar pesos, sedestación prolongada, esfuerzos por encima de la región torácica o por debajo de la rodilla. Estas dolencias limitan varias de sus acciones. A pesar de esto, el servicio de prevención del trabajo la consideró apta para su puesto, siempre que realizara cambios posturales frecuentes y cortos (de 1-2 minutos) para descansar los grupos musculares. La demanda incluyó un informe del Instituto de Medicina y Fisiología del Arte de Terrassa, que señalaba que "los factores posturales y tensionales y las condiciones de trabajo de un músico profesional generan cargas y desequilibrios significativos y repetidos a nivel de las estructuras que la demandante tiene afectadas", según recoge la sentencia.

Resolución judicial y reconocimiento de la incapacidad parcial

El Juzgado de lo Social número 4 de Pamplona le concedió una incapacidad permanente parcial, resolución que fue confirmada por la Sala de lo Social tras el recurso presentado por la demandante, quien buscaba el reconocimiento de una incapacidad permanente total. Ambas sentencias coinciden en que las limitaciones de la demandante "no agotan la capacidad laboral para su profesión habitual", aunque sí afectan su desempeño, generando una "especial dificultad" que incrementa la penosidad de su trabajo. En concreto, se destaca una sintomatología dolorosa que requiere mayor esfuerzo, provocando fatiga muscular y un aumento del dolor si no se realizan los descansos adecuados. Además, se señala que no es posible realizar cambios posturales a demanda, como recomienda el servicio de prevención, lo que justifica la incapacidad parcial.

La Sala de lo Social, no obstante, reconoce que las patologías de la demandante pueden cursar con reagudizaciones que podrían justificar periodos de incapacidad temporal o incluso una revisión del grado de incapacidad permanente en el futuro.