El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha condenado a 5 años de prisión a un hombre que violó a una conocida suya que se encontraba profundamente dormida, inconsciente, por la ingesta previa de bebidas alcohólicas, en el sofá de su vivienda en Pamplona.
El procesado, de 29 años y natural de Ecuador, se aprovechó para la comisión de la agresión sexual de que el marido de la víctima se encontraba asimismo inconsciente, vomitando en el baño, también debido al consumo de alcohol.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN rebaja de 7 a 5 años la pena debido a una incorrecta aplicación por parte de la Sección Primera de la Audiencia Provincial del Código Penal, por no haber tenido en cuenta que, por la fecha en que se perpetraron los hechos, tenía que haber sentenciado conforme a la LO 10/2022, de 6 de septiembre.
Así, conforme a esta modificación legal la horquilla punitiva por el delito de agresión sexual va de 4 a 12 años, mientras que la horquilla con la norma aplicada por el tribunal sentenciador era de 6 a 12 años.
Al ser “evidente el error” en el marco legal utilizado, y debido a la apreciación por la Audiencia Provincial en su momento de la atenuante —en su grado mínimo (simple)— de intoxicación etílica, el Tribunal Superior estima adecuada una pena de 5 años de prisión debido a “la conducta especialmente reprochable del acusado”.
Por el citado motivo, la Sala también tiene que rebajar las prohibiciones. De esta forma, el inculpado no podrá comunicarse ni acercarse a la denunciante a menos de 200 metros durante 7 años —dos menos que los decretados por la Audiencia— y, además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de 6 años, la misma que le impusieron en primera instancia. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará por el daño moral con 25.000 euros, cantidad fijada en primera instancia que el Tribunal Superior ha avalado.
En un domicilio
Sobre las 8.00 horas del 17 de diciembre de 2022, tras haber estado previamente en una discoteca de la capital navarra, el encausado invitó a una pareja a ir a su casa, que estaba cerca. Al domicilio también acudió un amigo del encausado.
Ya en la vivienda, el acusado les preparó a los tres en el salón los sofás para que pudieran dormir. El procesado, junto a la víctima y su marido, se quedaron en la cocina, “donde siguieron bebiendo alcohol”, mientras que el otro hombre se quedó dormido en el salón “de forma casi inmediata”.
Posteriormente, la mujer se quedó “profundamente dormida por la afectación de las bebidas alcohólicas ingeridas durante toda la noche y madrugada”, mientras que su marido se fue a un baño a vomitar, en donde se quedó “traspuesto” junto a la taza del váter.
Entonces, el inculpado se colocó sobre la mujer y la violó. Ella se despertó súbitamente y se zafó de él. Corrió a buscar a su marido, que seguía en el baño “indispuesto por la gran cantidad de alcohol ingerido”.
Como consecuencia de los hechos, la víctima presenta una sintomatología ansiosa, con sentimientos de culpabilidad y vergüenza, rabia y decepción hacia el denunciado, así como desconfianza y cierto aislamiento social, con conductas de evitación como manera de afrontar la sintomatología mencionada.
Ausencia de consentimiento
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN considera, al igual que la Audiencia, que el procesado ejecutó el acto de contenido sexual sobre una persona que “se hallaba privada de sentido”. En este sentido, subrayan los magistrados que “el punto trascendental de la declaración de la víctima radica en la ausencia de consentimiento”.
Frente a la afirmación de que esa relación sexual fue consentida, los magistrados destacan que “la falta de conciencia plena y la vulnerabilidad de la víctima durante el desarrollo de los hechos determinan que no se dé ni un solo indicio de prestación libre del consentimiento”, puesto que el encausado se aprovechó de la intoxicación etílica de la mujer, que en ningún momento expresó de manera clara su voluntad de mantener relaciones sexuales.