La titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha condenado a un total de 2 años y 10 meses de prisión a un hombre que maltrató, amenazó e insultó a su esposa durante los 16 años de matrimonio en una localidad de la Ribera de Navarra

Según la sentencia, que ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial, el procesado, de 45 años, no podrá acercarse a menos de 100 metros ni comunicarse durante 7 años con la denunciante. 

El encausado y la víctima, que iniciaron una relación sentimental en 2002, contrajeron matrimonio al año siguiente. La ruptura se produjo en 2019 y la sentencia de divorcio se dictó en enero de 2020.

Desde el comienzo de la relación, según se considera probado en la resolución judicial, el acusado sometió a su pareja “a un clima de agresión (física, verbal y psicológica) constante sin otra finalidad que la de mantener una situación de permanente dominación, intimidación, imposición y desprecio sistemático hacia ella impidiendo su libre desarrollo como persona y consiguiendo su anulación ante el temor y la humillación reiterada, consolidando de esta manera el acusado una posición de superioridad dentro de la relación”. 

Empujones y gritos

La actitud amenazante e intimidante del inculpado hacia su mujer era constante, y se exteriorizaba mediante empujones, gritos y rotura de objetos. “En otra ocasión, estando [la víctima] en la cocina se acercó a ella, le puso la mano a la altura de la clavícula y le dijo que hoy se había levantado con ganas de matarle. También le decía cosas como que le iba a poner cemento en los pies y le iba a tirar al Ebro o que, si ella le denunciaba, le costaba 25 euros acabar con ella”, refleja la sentencia. 

Con frecuencia, según consta en la resolución, le decía que era “una gorda de mierda, que le daba asco, que ojalá se cogiera un cáncer y se muriera, que a ver para qué se cuidaba si iba a estar fea igual, que no le iba a tocar ni con un palo. Que no valía nada y que nunca encontraría a nadie”. Muchas de las agresiones y del trato humillante tenían lugar en el hogar familiar y en presencia de los hijos.

En la sentencia, la magistrada impone al procesado las siguientes penas: 2 años de prisión por un delito de maltrato habitual; 10 meses de prisión por un delito de amenazas; 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de injurias y vejaciones; y 56 días de trabajos comunitarios por cada uno de los dos delitos de maltrato. 

Por el contrario, la jueza le absuelve de un delito de maltrato habitual respecto a dos de sus hijos. La víctima renunció a reclamar indemnización alguna en concepto de responsabilidad civil.

Vulnerabilidad y dependencia

En el juicio, celebrado el 9 de junio, la defensa reclamó la absolución. Cuestionó la motivación de la denunciante alegando que le guiaban motivaciones económicas y la intención de llevarse a sus hijos a otra localidad. 

La jueza destaca que, a pesar de que el cotejo de los whatsaps aportados de julio y agosto del 2021 y, por tanto, previos a la denuncia de septiembre de 2021, acreditan que, efectivamente, existía una conflictividad entre las partes en relación a ambos aspectos, sin embargo, “dicha conflictividad es insuficiente por sí sola a los efectos de acreditar la motivación espuria de la denuncia y cuestionar la sinceridad del testimonio de la denunciante”. Asimismo, añade la magistrada, la víctima no reclamó pretensión económica alguna y vinculó la denuncia a las amenazas previas sufridas. 

Según realza la jueza, el tiempo transcurrido hasta la interposición de la denuncia no merma en nada su credibilidad toda vez que la tardanza “encuentra su explicación tanto en el perfil de la víctima descrito como en su situación de vulnerabilidad y dependencia hacia el acusado”.

La declaración de la víctima, atestigua la magistrada, cumple igualmente la nota de la persistencia en la incriminación, al haber mantenido un relato que, en lo esencial y relevante, coincide sustancialmente en todas las fases procesales.

Además, la jueza se apoya en la declaración de una testigo, que expuso el clima de “agresión constante” en el que se encontraba su amiga. Según ella, eran habituales las faltas de respeto, los gritos y las vejaciones. 

Otra corroboración adicional del citado clima estriba en la prueba preconstituida practicada a uno de los menores, que, a pesar de que se mostró muy poco colaborador, relató con gran afectación emocional la mala relación entre sus padres.