Entre las conclusiones más destacadas de la sentencia que condena a dos integrantes del Consejo Rector de Valle de Odieta, propietaria de la macrogranja de Caparroso, se concluye que “la autorización expedida a Valle de Odieta se infringió”. Para ello, la jueza alude a las declaraciones de los propios dos condenados en el juicio, donde reconocieron que en enero de 2021, lejos de expandir el digestato conforme al sistema para el que estaban autorizados, lo hicieron mediante pivots, en lo que se denomina una fertiirrigación.
Dijeron que como se les había estimado parcialmente una demanda judicial y “pensaban que en el aspecto relativo al sistema de abono con digestato se dilucidaría a su favor, realizaron en enero de 2021 tres pruebas para el funcionamiento de la distribución del digestato mediante pivots”. A lo que la jueza añade que, en este punto, “no puedo sino estimar las alegaciones de las acusaciones sobre la inexistencia de error en los acusados. Es decir, si estaban inmersos en un proceso judicial, si las autorizaciones administrativas se tramitaban, es del todo punto inadmisible pretender hacer creer que podían distribuir la sustancia, que infringía la autorización que tenían y la normas medioambientales”.
Conducta de dolo eventual
La sentencia que condena a dos responsables de la macrogranja de Caparroso, que acredita el daño medioambiental en una balsa ZEC que quedó “muerta” de flora y fauna, subraya que la conducta de los acusados no fue deliberada, “con la intención de realizar el vertido”. Pero afirma que “nos encontramos ante un supuesto de dolo eventual, es decir que se actuó siendo consciente del elevado riesgo y posible producción del daño, y asumiendo conscientemente que se pueda producir a consecuencia de la conducta desarrollada”.
Y añade la jueza que “había un pleno conocimiento de la situación, del peligro grave que comportaba y los daños sustanciales que se podían causar ante la existencia de la ZEC”. “Hicieron caso omiso de todo ello”, resume la jueza, señalando avisos previos al vertido de 2021 que debían ser suficientes para que la empresa no regara de esa forma, como expedientes sancionadores en 2016 por conductas similares, actas del Guarderío, por saber que la fertiirrigación no estaba autorizada, se hizo sin control ni vigilancia, se realiza en una zona cercana al cortado de la ZEC y se actúa en enero, fecha próxima a la recogida de cultivo...”.