La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha condenado a 5 años de prisión a un hombre que violó tres veces en noviembre de 2023 a una mujer a la que había alquilado una habitación en su piso de Pamplona.

Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el procesado, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 10 años y, además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años.

En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará por el daño moral con 20.000 euros, de los que 15.000 ya había depositado antes del juicio, por lo que se ha estimado la atenuante de reparación del daño.

La Audiencia, que considera al inculpado autor de un delito de agresión sexual, penado con entre 6 y 12 años de prisión, asume, no obstante, que legalmente debe rebajar la pena en uno o dos grados debido a la concurrencia de dos atenuantes, la mencionada de reparación del daño y la de embriaguez, por el consumo previo de alcohol admitido.

Al respecto, la Sección Primera opta por la rebaja en un solo grado de la pena en abstracto porque la atenuante de embriaguez superó “por poco el filtro de la admisibilidad” y, si bien la atenuante de reparación del daño se otorga con carácter ordinario, “la suma se consignó escasos días antes del juicio y casi dos años después de suceder los hechos”.

Por ello, explica el tribunal, se rebaja la pena en un grado, por lo que la pena debe enmarcarse en la franja de los 3 años a los 5 años, 11 meses y 29 días.

La Audiencia impone 5 años de prisión por la “gravedad de los hechos enjuiciados” y el prolongado acceso, ya que el condenado perpetró tres violaciones.

Los hechos enjuiciados tuvieron lugar sobre las 7.00 horas del 26 de noviembre de 2023 en la vivienda del procesado. La víctima vivía alquilada desde septiembre con la intención de quedarse hasta diciembre. 

Ambos habían estado por separado esa noche de fiesta con sus respectivos amigos. Una vez en el domicilio, él le propuso mantener relaciones sexuales, a lo que ella se opuso. Pese a ello, tras agarrarla con fuerza, la violó en tres ocasiones.

Una vez que terminó con las agresiones sexuales, según recoge la sentencia, le dijo a la víctima que “se fuera a su habitación, que a él le gustaba dormir solo”.

En el momento de los hechos, según la resolución judicial, el inculpado "estaba levemente afectado por el consumo de alcohol".

Como consecuencia de la agresión sexual, la denunciante sufrió lesiones y padeció, entre otras secuelas, un cuadro de estrés postraumático agudo con sintomatología de reexperimentación, sueños desagradables y recurrentes, sentimientos de culpabilidad, estados de ánimo negativos como ira, culpa, vergüenza, así como aumento de la activación y reactividad

LESIONES 

En el juicio, celebrado el pasado 16 de septiembre, la fiscalía solicitó 8 años de prisión por un delito de agresión sexual (violación). La acusación particular elevó a 12 su petición, mientras que la defensa reclamó la absolución. Alegó que las relaciones fueron consentidas por la denunciante.

Sin embargo, la Sección Primera de la Audiencia otorga “plena validez” a la declaración de la víctima, que cuenta con corroboraciones periféricas “de especial intensidad y variadas”, que le otorgan “un plus de veracidad que debe tenerse en consideración”.  

Así, el tribunal detalla cuatro corroboraciones: el informe forense, que objetiva lesiones compatibles con el relato de la mujer; el dictamen psicológico, que refleja una “reacción aguda” y “las alteraciones emocionales de la denunciante”; unos mensajes de WhatsApp aportados de forma inmediata por la víctima en la propia denuncia interpuesta el 1 de diciembre, en los que reprocha al acusado la comisión de un delito tan grave como el aquí enjuiciado; y el hecho de que la mujer abandonara, “de forma precipitada” y sin llevarse todos sus enseres, el piso el lunes (la agresión sexual tuvo lugar la madrugada del sábado al domingo).

La Audiencia concluye que “la denunciante ha venido manteniendo una uniformidad llamativa en cuanto al relato de hechos, destacando además detalles que son difíciles que sean inventados […], extremos que contribuyen a dotar a su declaración de una credibilidad que salta a la vista”.