PAMPLONA. El menor acusado de la muerte del joven Asier Ballesteros Gutiérrez, de 15 años, quien falleció en una bajera de Viana el 23 de julio de 2015 tras ser alcanzado por un perdigón en el hemitórax izquierdo, ha aceptado hoy al comienzo del juicio las medidas de amonestación y de tres meses de tareas socioeducativas en relación con la peligrosidad en el uso y manejo de armas.
Tras el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Fiscal, la acusación particular y la defensa, los hechos han sido tipificados como constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia menos grave. Además de las citadas medidas, al menor enjuiciado, de 16 años, se le priva de la licencia administrativa para el uso de armas durante dos años.
El juicio, previsto para hoy y el próximo lunes en el Juzgado de Menores de Pamplona, continuará para determinar la cuantía de la responsabilidad civil, esto es, la indemnización. La compañía aseguradora de la familia del menor juzgado ya abonó 124.621,47 euros. La indemnización la fijará la jueza al dictar la sentencia.
La muerte violenta del menor de 15 años Asier Ballesterosha sido finalmente juzgada. El menor de la misma edad que disparó una carabina cuando Asier entraba en la bajera y causó de forma imprudente la muerte de este ha tenido que sentarse finalmente en el banquillo después de que la Sección Primera de la Audiencia ordenara revocar el archivo decretado por la juez de Menores sobre los dos menores imputados.
Al no tener participación en los hechos, por no ser quien disparó el arma, la Audiencia sí decidió el sobreseimiento de la imputación del otro menor que ha estado investigado en la causa y que también se encontraba en el interior de la bajera disparando con una carabina.
La juez de Menores, en consonancia con lo expuesto por la Fiscalía, consideró en abril que los hechos cometidos por el menor que disparó eran constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia menos grave por no haber cerrado la bajera con llave, pero estimó que no merecían un mayor reproche penal y que no era necesaria una intervención socioeducativa.
La familia de Ballesteros recurrió tal decisión al considerar que se trataba de una actuación grave. La Audiencia le estimó parcialmente el recurso al ordenar juzgar, al menos, al menor que efectuó el disparo.
El tribunal expuso que la conducta del menor expedientado puede calificarse como constitutiva de una imprudencia grave como plantea la acusación particular o menos grave como aboga el fiscal.
La Sala valora que en la conducta del menor "no puede hablarse en sentido técnico que concurriese en la acción una violencia o intimidación grave, pues no existe conducta dolosa en el menor investigado dirigida a tal fin, por más que la muerte, que es el resultado, haya sido violenta".
Pero a ello precisaba que "el uso de una carabina, y la forma en la que se utilizó, en un espacio cerrado en el que era habitual la entrada de otras personas, es una circunstancia a valorar dentro de la imprudencia que indiciariamente se refleja".
Además, la Sala indicó que si el expediente de reforma "pudiera tener una finalidad correctora", es parecer del tribunal que "es necesaria además la concurrencia de datos objetivos que reflejen que ya se ha producido un reproche suficiente, cuando además no se plantean medidas de naturaleza socioeducativa a priori".
Añadía que este menor "no ha llegado a reconocer los hechos en su dimensión real" (en sus declaraciones judiciales dijo que cargó "una carabina sin balines, efectué un disparo sin balín, cree que no pudo darle a Asier...") y que, por tanto, no existen suficientes datos objetivos como para concluir en que la existencia del propio proceso haya implicado efectivamente un suficiente reproche, sin que a tales efectos pueda ser suficiente su afirmación en el informe del equipo técnico sin referencia a dato objetivo alguno de tal proceder".