La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra autoriza la prórroga acordada en la Orden Foral 3/2022, de 26 de enero, de la Consejera de Salud, que tendrá efectos desde el 1 al 14 de febrero incluido de medidas para frenar la expansión del coronavirus.

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La orden foral mantiene el grueso del paquete que se encuentra en vigor desde la última semana de diciembre. En concreto, no se permite desde la 1 hasta las 6 horas la actividad de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración. La limitación horaria se aplica además para sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, 'piperos' y similares.

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En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN considera que, de acuerdo con lo expuesto en la citada Orden Foral y en los informes técnicos aportados, y tras una ponderación detenida de todo lo actuado, "las medidas acordadas siguen siendo necesarias, proporcionadas e idóneas a la vista de la situación epidemiológica, que, si bien ha mejorado en algunos factores, en otros permanece en situación semejante a la de la anterior prórroga de medidas".

"En primer lugar y si bien se viene apreciando un descenso en los contagios, que responden ya en su práctica totalidad a la variante ómicron, Navarra presenta la tercera mayor tasa de incidencia acumulada a los 14 días, 4.711 casos por 100.000 habitantes siendo de 2.073 casos a 7 días", indica el TSJN.

"Siguen siendo incidencias muy superiores a las que se tuvieron en cuenta cuando se autorizaron las medidas de las Órdenes Forales cuya prorroga ahora se insta. En aquel momento, recordemos, eran a 14 y 7 días respectivamente de 1.934,67 y 1.178,57 casos por 100.000 habitantes", añade.

El elevado número de contagios actual, prosigue la Sala, mantiene su efecto "en sobrecarga de trabajo que viene soportando el servicio de atención primaria donde se realiza el seguimiento de la práctica totalidad de los casos para realizar el diagnóstico y abordaje temprano de las complicaciones además del control anterior y posterior de los pacientes ingresados, afectando también a la respuesta al resto de patologías que se atienden en el indicado servicio".

A fecha de 24 de enero de 2022, se mantiene alta la ocupación de camas hospitalarias y de UCI; en concreto los ingresados hospitalarios por Covid suman 276, de los cuales, 33 están en UCI. Y se han producido 29 y 27 fallecimientos las últimas dos semanas relacionados con la Covid 19 en los hospitales de la red sanitaria de Navarra, superándose los fallecimientos semanales de las tres olas previas.

Según recoge la resolución judicial, la dificultad en la prestación del servicio además se ha visto agravada por la incidencia del virus sobre el propio personal sanitario, lo que ha hecho precisa la adopción de medidas extraordinarias tales como el ajuste de su actividad para cubrir ausencias derivadas de aislamientos profesionales por infecciones incluso sobre la actividad asistencial quirúrgica de carácter no urgente, que ha sido reordenada por ser necesario disponer de camas y de profesionales para atender a la demanda urgente Covid y no Covid.

La Sala concluye que "a ello debemos añadir que el riesgo de irrupción de nuevas variantes con especial seguimiento de la BA2 de ómicron ya presente en otros países europeos y con sospecha de mayor capacidad de infección y reinfección de pacientes es real, por lo que se hacen precisas las medidas propuestas en orden a procurar el control de la transmisión del virus".

LAS RESTRICCIONES, AL DETALLE En hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes), el consumo será siempre sentado en mesa, pudiendo usarse las barras sólo para pedir y recoger la consumición. Podrá permitirse el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra. Éstas serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas, misma distancia que se deberá mantener entre las propias mesas. Asimismo, las mesas o grupos de mesas no podrán superar las diez personas garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 cm entre ellas. El horario máximo del cierre de interiores de los establecimientos será las 01.00 horas. Asimismo, todas estas medidas serán aplicables para sociedades gastronómicas y peñas, así como 'piperos' y similares.

Asimismo, se recuerda la vigencia de la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo "botellón" y similares) en la vía pública, parques y plazas y en otros lugares de tránsito público.

Además de seguirse las recomendaciones preventivas de carácter sanitario, por las que las entidades organizadoras deberán adoptar las medidas necesarias para "evitar aglomeraciones y altas concentraciones de personas", quedará prohibida la restauración en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivo. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y 2.000 en exteriores será necesario solicitar, con carácter preceptivo, un informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Por otro lado, se mantiene la necesidad de presentar pasaporte Covid en los espacios ya ampliados en la pasada Orden Foral, que extendió los supuestos en los que se aplicaba a determinados espacios cerrados y con afluencias de personas, circunstancias que aumentan la posibilidad de contagios, como demuestra la evidencia científica.

El Gobierno de Navarra aprobó este miércoles la prórroga en su integridad de las medidas. La consejera de Salud explicó en rueda de prensa que el objetivo de esta prórroga es "consolidar" la tendencia decreciente de contagios en Navarra, aunque la circulación del virus sigue siendo "muy intensa" y el nivel de ocupación hospitalaria es todavía "muy alta".