Pamplona - El juicio del procés en Catalunya que se celebra en el Tribunal Supremo contra el que fuera exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras y otros once líderes independentistas reanuda hoy martes las sesiones en su recta final, ya que está previsto que el miércoles pueda quedar visto para sentencia. Concluirá así uno de los juicios más relevantes que se han celebrado en el alto tribunal, por un delito tan poco habitual como es el de rebelión y que se ha extendido a lo largo de un total de 4 meses.

Las últimas dos sesiones del próces -a no ser que los abogados extiendan el tiempo estipulado y se concluya el jueves- darán comienzo hoy a las 9.30 con el inicio del informe final de las defensas, que previsiblemente iniciará el abogado Andreu van den Eynde, que defiende a Junqueras y al exconsejero Raül Romeva.

El presidente de la Sala, Manuel Marchena, ya anunció la semana pasada cuales serán los tiempos máximos concedidos a cada una de las defensas, consistente en una hora por procesado. De este modo, Van den Eynde dispondrá de dos horas en total para extenderse en su informe, mientras que otros letrados que solo llevan a un acusado -como es el caso de los tres que defienden al presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart- tendrán que repartirse los 60 minutos máximos si quieren hablar todos ante la Sala. Así, hoy está previsto que pueda escucharse hasta a 8 defensas, repartidas entre las sesiones de mañana y tarde, y para el mañana por la mañana se dejaría a las cuatro restantes. En la sesión de la tarde podrá así comenzarse a escuchar a los acusados que quieran hacer uso de su turno de última palabra, para lo que dispondrán de 15 minutos cada uno. En total serán 15 horas para las defensas entre hoy y mañana.

Con ello, y cuatro meses justos después de su inicio, el juicio del procés habrá quedado visto para sentencia. Antes de dictar sentencia, lo que se espera pueda ocurrir en octubre, la Sala ha escuchado los testimonios de los doce acusados, 422 testigos, expertos que han participado en siete pruebas periciales y más de cien vídeos sobre los sucesos del 1-O en centros de votación, a lo que se suman las dos últimas semanas dedicadas a informes finales de todas las partes.

“La Fiscalía no pudo demostrar que había rebelión porque no había rebelión”, afirmó al respecto Diego López Garrido, escudándose en qué según el Código Penal, hacía falta un alzamiento público para realmente poder hablar de rebelión. Estas afirmaciones las hizo en una entrevista a Els Matins de TV3 el catedrático de Derecho Constitucional López Garrido, que había sido redactor de la reforma del Código Penal que introdujo la actual definición de rebelión. López Garrido criticó el informe final de la Fiscalía: “No hubo una fundamentación jurídica sustentada”, explicó. Criticó especialmente el uso del término “golpe de estado”, que no es un término jurídico y que no se adecua en absoluto a lo que pasó: “Es un argumento más político que jurídico”.

El punto central de la crítica de López Garrido es que se mantuviera la acusación de rebelión sin que existiera violencia grave: “El propio fiscal al decir que no había violencia grave ya estaba admitiendo que no se daba el tipo de rebelión”. El catedrático de Derecho Constitucional explicó que “el delito de rebelión es un delito muy grave que hubiera necesitado de violencia y una declaración de independencia, y aquí la declaración fue muy confusa”. Para Garrido lo que se ha visto en el juicio es que podría haber alteraciones del orden público y otros hechos menores, pero no la violencia necesaria para hablar de rebelión. Garrido sí que tiene claro que existió desobediencia, pero duda sobre si se puede parar de un delito de sedición: afirma que hubiera tenido que seguir más atentamente las pruebas del juicio como para poder valorarlo.

La Junta Electoral Central (JEC) terció ayer de nuevo en el conflicto catalán al advertir que los concejales independentistas que opten por acatar la Constitución “por la república” catalana en la sesión constitutiva de los consistorios del próximo sábado deberán mostrar una “voluntad incondicionada” de asunción de la Carta Magna si quieren que su acatamiento se ajuste a la ley. Así contestó el organismo arbitral a la consulta que le plantearon los representantes de las entidades de Impulso Ciudadano y Aixeca’t Levántate para saber si la fórmula de acatamiento promovida por la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) es o no compatible con el artículo 108.8 de la Ley Electoral.

La llamada de atención de la Junta Electoral Central tiene especial relevancia ahora que los eurodiputados elegidos en los comicios del 26 de mayo, también los catalanes, deben comparecer ante el organismo arbitral, previsiblemente a principios de la próxima semana, para completar los trámites que les permitirán disponer de su acta y poder presentarse en la Eurocámara.