El pleno del Parlamento navarro ha aprobado este jueves, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y el voto en contra de Navarra Suma, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral para el fomento de un parque de vivienda protegida y asequible en Navarra.

La proposición de ley impulsada por PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu tiene por objeto dotar a la Administración de nuevos mecanismos que, como la Calificación Indefinida de VPO, el Índice de Sostenibilidad de Alquileres (ISA) o el Registro de Contratos de Arrendamiento, puedan contribuir a generar vivienda protegida suficiente y asequible a partir de un diagnóstico real sobre los precios de arrendamiento, punto de partida para tratar de definir y regular zonas de mercado especialmente tensionadas.

El citado índice, según apunta la Cámara navarra, se configura como un sistema de regulación de precios de arrendamiento basado en una fórmula cuyo resultado es producto de multiplicar el valor de la vivienda (precio libre con reforma) conforme al Decreto Foral 334/2001, por un coeficiente que se determinará anualmente y podrá tener un valor distinto para localidades o zonas concretas. Cuando su valor sea igual a cero, se entenderá que no es de aplicación.

El valor mínimo del ISA para cualquier vivienda de Navarra con coeficiente distinto de 0 y cédula de habitabilidad en vigor será de 3.600 euros. El máximo será de 1,5 veces el importe de la cuantía anual de la Renta Garantizada para una unidad familiar de un solo miembro.

En el caso de viviendas protegidas sujetas a limitaciones de precio de venta y renta, su ISA será idéntico al precio máximo de arrendamiento legalmente permitido.

Con carácter general, el régimen de las viviendas protegidas tendrá una duración indefinida, por lo que no se admitirá la descalificación anticipada de las viviendas protegidas.

Es más, precisa, se propone extender esta calificación indefinida a todas las viviendas promovidas en suelos destinados a vivienda protegida, y se abre la puerta a que también se pueda promover vivienda protegida en parcelas libres.

En cuanto al Registro de Contratos de Arrendamiento, se constituye como una extensión del Registro de Viviendas y en él deberán inscribirse todos los contratos de arrendamiento de vivienda ubicadas en Navarra.

La inscripción se formalizará mediante la aplicación informática habilitada al efecto en la web temática del Gobierno, en el plazo de un mes, a solicitud de la parte arrendadora. La parte arrendataria podrá formalizar la inscripción mientras el contrato esté vigente.

La alteración de las condiciones del contrato original obligará a la parte arrendadora a la modificación de la inscripción y a la emisión de un nuevo recibo. Finalizado el contrato de arrendamiento registrado, se procederá a la cancelación de la inscripción, previa acreditación de tal situación a cargo de la parte arrendadora.

La gestión del Registro, que deberá entrar en vigor en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta ley, corresponderá a la Dirección General competente en la materia.

Además de fomentar y primar la rehabilitación ecológica y de zonas vulnerables, la norma contempla también la posibilidad de expropiación de uso de vivienda deshabitada que sea propiedad de grandes tenedores o personas jurídicas. En este apartado, se reduce de dos años a uno el periodo de desocupación para que estos inmuebles puedan incorporarse al Registro de Viviendas Desocupadas.

Con el objeto de favorecer un aumento de la promoción de vivienda protegida, se establece una reserva del 50 % destinada a ese fin en nuevos desarrollos residenciales. Además, se consigna que al menos una tercera parte de esta cuota deberá ser destinada a alquiler y se facilita la coexistencia de vivienda libre y protegida en una misma promoción o incluso en el mismo portal, como instrumento de cohesión social.

El nuevo baremo para la adjudicación a través del Censo de solicitantes de vivienda protegida se aplicará a los procedimientos de asignación que se inicien a partir del 1 de diciembre de 2022.

Finalmente, la proposición autoriza al Gobierno para aprobar en el plazo de 24 meses un texto refundido en el que se integren, debidamente armonizadas, la Ley Foral 10/2010 del Derecho a la Vivienda en Navarra y demás normas modificadas y afectadas.

Tras su toma en consideración, será dictaminada en la comisión de Ordenación del Territorio antes de ser elevada nuevamente a pleno para su definitivo debate y votación.