La Ley foral de Cambio Climático y Transición Energética está plenamente operativa desde hace dos semanas. Después de tres años de trabajo desde la consejería de Medio Ambiente -dirigida por Itziar Gómez-, Navarra cuenta con una norma pionera en el Estado que establece las grandes líneas por las que tiene que caminar la transición energética para sociedad y empresas en materia de descarbonización, renovables, autoconsumo, eficiencia, fiscalidad verde y participación ciudadana.

Pero también baja al ámbito de lo concreto y marca calendarios, fechas de aplicación y actuaciones bien sensibles como la obligatoriedad de que toda la nueva construcción a partir de 2025 incorpore el autoconsumo eléctrico vía renovables, por ejemplo.

Un rosario de actuaciones que, en algunos casos, fueron incorporadas en el tiempo de descuento, mediante acuerdos in extremis antes de votar y que hicieron que el dictamen final fuera modificado. Precisamente, esa cintura política permitió que la ley aunara un consenso poco habitual en el Parlamento de Navarra, que aprobó por unanimidad el texto final en vigor desde el pasado 2 de abril. En los siguientes párrafos, el detalle concreto de las últimas incorporaciones a la ley.

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética asume como suya la hoja de ruta fijada por el Parlamento Europeo en 2021: para 2030, Navarra tiene que bajar un 55% el número de emisiones de efecto invernadero con respecto a 1990. Se trata de una parada en el camino, ya que el objetivo, expresado por la consejera Gómez en una reciente entrevista a este periódico, es que Navarra sea cero emisiones en 2050.

La última reforma concreta mucho más la puesta en marcha de la Agencia de Transición Energética de Navarra, la ATENA, llamada a ser la institución que coordine la descarbonización de Navarra para 2050. En la ley se decía que en un año debían impulsarse los trámites, pero el dictamen final da un plazo concreto: en un año tiene que estar creada.

Fue una iniciativa añadida en comisión y que pasó un poco desapercibida, pero Navarra tendrá una Asamblea Ciudadana del Cambio Climático. Se introdujo en la ley por petición de EH Bildu y el único grupo que se opuso fue Navarra Suma. Se trata de seguir la estela de muchos países europeos que han puesto en marcha órganos de participación entre las instituciones y la ciudadanía para debatir las medidas que se introduzcan para luchar contra el calentamiento global. El dictamen de la ley no establece plazos fijos, pero sí detalla el mandato de, mediante una orden foral, poner en marcha una asamblea ciudadana que debata y proponga soluciones "para alcanzar la resiliencia y la neutralidad de la Comunidad Foral". En el sentido de la participación ciudadana también hay que entender un artículo que resalta "el derecho a la información y participación de la ciudadanía en el diseño de políticas públicas de Cambio Climático y Transición Ecológica.

Si algo subyace en todo el texto de la ley es que la mejor energía es la que no se consume. Muchos de los artículos hablan de autoconsumo, de ahorro de energía, de eficiencia. Y así debe entenderse una novedad relevante en el dictamen: con esta ley, los nuevos desarrollos urbanísticos deberán reservar un área del suelo a la generación de energía renovable con una superficie suficiente para generar el equivalente anual a sus necesidades. Es una medida que abre sin complejos una puerta hasta ahora cerrada: la de consumos energéticos circulares, autosuficientes y comunidad a comunidad, algo que no han querido nunca las eléctricas ni los políticos que luego vivían de ellas. Pero esta ley va justo en sentido contrario y tiene un innegable compromiso por el cooperativismo energético.

Precisamente, el artículo 27 de la ley del apartado de "impulso a las energías renovables" habla del fomento de las cooperativas o de grupos de consumo y productores de proximidad, y serán de especial interés las comunidades de energías renovables y los proyectos de generación de energía con participación cooperativa, así como proyectos de creación de energía por biomasa, por ejemplo. En general, toda la ley, pero especialmente los artículos 27 y 28, hablan de un modelo de economía circular energética, de eficiencia y aprovechamiento de recursos, de ahorro, de alternativas. Es, al margen de iniciativas concretas -que están desarrolladas-, una especie de espíritu común a toda la ley.

Vinculado al autoconsumo está el artículo 33 de la ley, que tampoco es poca cosa: toda la nueva construcción de vivienda protegida tendrá que tener energía procedente de fuentes renovables.

Conscientes de que esta ley tiene una importante parte pedagógica, el Gobierno de Navarra se da dos cursos escolares para incorporar al currículo de los alumnos navarros un Plan sobre Educación Ambiental, la creación de la figura de la "persona coordinadora de sostenibilidad" y la elaboración de un Plan de Sostenibilidad en los centros de enseñanza financiados públicamente, con la obligación de que los departamentos de Educación y Medio Ambiente faciliten los recursos necesarios.

El artículo 39 rescata la obligación de instalar fotovoltaicas en edificios nuevos de más de 500 metros cuadrados, en edificios existentes de más de 4.000 metros cuadrados y donde haya 2.000 metros cuadrados de aparcamiento público vinculado a edificios. Es decir, que todas las nuevas grandes superficies -artículo 42- y grandes edificios de la comunidad tendrán que poner placas en los tejados.

En esa línea va también el artículo 40. No es poca cosa lo que estipula. Adelanta la obligación de elaborar un plan de eficiencia energética en los edificios no ya para calificación C, sino B, y sobre todo: a partir del 1 de enero de 2025, todos los edificios de nueva construcción deberán incorporar autoconsumo eléctrico.

La ley establece un montón de pequeñas actuaciones con un fin claro: que se utilice más la bici que el coche o la moto y que si se utiliza un vehículo, preferiblemente sea eléctrico. Se establece la obligatoriedad de construir de carriles bici en todos los núcleos de población de más de 10.000 habitantes que estén conectados hasta 10 kilómetros de distancia -pensemos en la Comarca de Pamplona-, se reducen los plazos de presentación de planes de movilidad y se llevan a ayuntamientos más pequeños. Además, todos los parkings privados de uso público de más de 40 plazas tendrán que reservar un mínimo de un 5% de las plazas de aparcamiento a vehículos libres de emisiones.

También hay medidas para dos ámbitos muy sensibles: la agricultura y la gestión del agua, que muchas veces van de la mano. Sobre la agricultura, la ley establece como objetivo que para 2030 el 25% de las tierras agrícolas de Navarra se desarrollen con agricultura ecológica. Se establece, a su vez, un plazo de un año para poner en marcha un plan de buenas prácticas ecológicas.

Aquí sobra el agua, pero en otras partes del mundo la gente se pelea por ella y ya hay mercados bursátiles en los que cotiza. El agua es un bien que tenemos la suerte de tener en abundancia, y por eso la responsabilidad de gestionarlo bien. La ley establece que Itoiz será un pantano de referencia para las reservas estratégicas: de sus más de 500 hectómetros cúbicos de capacidad, 60 serán reserva estratégica y nunca podrán utilizarse para "usos de menor prioridad". Una redacción tajante en plena crisis energética que nos ha llevado a ver usos irresponsables del agua de los pantanos para la generación de energía. En este sentido, la nueva redacción establece que se elaborarán planes de sequía que serán revisados cada tres años, al margen de que las Confederaciones Hidrográficas ya tienen sus propios planes.

En el plazo de un año se tendrán que regular los mecanismos de compensación y garantía necesarios para hacer frente a la pobreza energética. Las empresas comercializadoras de energía eléctrica emplearán la energía excedentaria resultante al fondo climático con el fin de responder a las necesidades energéticas de las personas en situación de pobreza energética.

El texto acelera plazos en todo lo que tiene que ver con la transición energética. Es decir, que no solo se acomete, sino que se proyecta para hacerla más rápido. El artículo 78 eleva las exigencias de los objetivos de renovables de los planes de 25% a 35% para 2030, del 50% al 65% para 2035 y establece un nuevo objetivo de ahorro y eficiencia energética para que el consumo final de energía para que en el año 2030 sea un mínimo de 39,5% inferior respecto al tendencial. Hay un hito más cercano y quizá más visual: a partir de 2025, el 25% del consumo eléctrico deberá ser autoproducido.

El dictamen incluye también un epígrafe llamativo. Estamos acostumbrados a oír hablar de la energía renovable, pero no tanto de combustibles alternativos. Entre ellos está la dendroenergía -la energía derivada de todos los biocombustibles fósiles-, el hidrógeno verde, el biogás, el biometano y los combustibles de origen sintético, que ofrecen alternativas que la ley quiere explorar.

Otro de los artículos habla de los sistemas térmicos en edificios de uso residencial y terciario. Se rescata la prohibición a partir de junio de 2027 del suministro de gasóleo a los edificios residenciales y terciarios ubicados en las entidades de población donde existe infraestructura de distribución de gas natural. A partir del 30 de junio de 2027, los sistemas térmicos de todos los edificios de nueva construcción deberán de disponer de sistemas renovables que aporten el 50% de la demanda. Se rescata el apartado de obligatoriedad de disponer de contadores de calorías en sistemas centralizados y de solar térmica.