PAMPLONA - La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha declinado recurrir la sentencia de la Sala de Apelaciones de ese tribunal que determinó que la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua en octubre de 2016 no fue terrorismo. El Ministerio Público había venido manteniendo durante todo el procedimiento, incluido el recurso que interpuso contra la sentencia de instancia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Nacional, que los hechos imputados a los ocho jóvenes eran constitutivos de un delito de terrorismo.

Fuentes de la Fiscalía señalaron ayer a la agencia Efe que había considerado que, a la vista de las dos sentencias dictadas hasta ahora, no es procedente seguir recurriendo ante el Tribunal Supremo. La Fiscalía calificó los hechos de terrorismo, pero la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia optó por condenar a ocho acusados por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.

El Ministerio Fiscal recurrió la sentencia ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia con el argumento de que los hechos tenían finalidad terrorista, por lo que pidió agravar las condenas. Pero la Sala de Apelación rechazó ese recurso -igual que los de las defensas- y mantuvo las penas de entre 2 y 13 años de cárcel que les fueron impuestas a siete de los acusados. La otra la rebajó de 10 a 6 años de cárcel.

Ambas sentencias agravaron las penas por discriminación, al entender que la motivación de los acusados fue la pertenencia de las víctimas a la Guardia Civil, pero descartaron la calificación de terrorismo. Entre otros motivos, porque los acusados eran menores cuando la banda terrorista anunció el cese de la “lucha armada”, lo que determina “no solo la falta de apoyo logístico, sino la ausencia de directrices u órdenes e incluso que la intención de los condenados fuera actuar en nombre o coadyuvando en algo a la organización terrorista ETA”.

Quienes sí han anunciado que recurrirán ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional son las defensas de los ocho jóvenes condenados, así como la acusación popular que ejerce la asociación Covite (Colectivo de Víctimas del Terrorismo en el País Vasco). Las partes tienen un plazo de quince días hábiles para formalizar sus recursos de casación, plazo que finalizará después de Semana Santa.

Fuentes judiciales señalaron ayer que “no es previsible” que Covite argumente en su recurso ante el Supremo que hubo delito de terrorismo, dado que en el trámite previo no interpuso recurso contra la resolución dictada por la Sección Primera de la Audiencia Nacional y se limitó a adherirse al que presentó el Ministerio Fiscal. “No sería coherente y desde el punto de vista técnico jurídico sería cuestionable que lo hiciera”, concluyeron estas fuentes. - J.M.S./Efe