pamplona - El delegado del Gobierno en Navarra en funciones, José Luis Arasti, se reunió ayer con representantes municipales de las localidades más afectadas por las inundaciones del lunes. En el encuentro, este les explicó las subvenciones que existen para determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, así como el procedimiento para su concesión. Asimismo, Arasti aclaró cuáles son los pasos a seguir para la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, lo que comúnmente se conoce como zona catastrófica.

Las ayudas que pueden ser solicitadas son, básicamente, de cinco tipos. Por un lado, están las dirigidas a unidades familiares y de convivencia económica, bien por daños personales, o bien por daños materiales en viviendas o enseres. En segundo lugar, hay ayudas a comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal por daños materiales en elementos comunes de uso general. Asimismo, se contemplan ayudas a las propias corporaciones locales, por gastos en actuaciones en situaciones de emergencia, y otras dedicadas a personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios con 50 empleados o menos por daños en los locales del negocio y por bienes afectados. Por último, se prevén ayudas a personas físicas o jurídicas requeridas por la autoridad competente para prestar bienes o servicios en el transcurso de la situación de emergencia.

Los requisitos que hay que cumplir y la cuantía máxima de dichas ayudas están también bien establecidos. En el caso de daños en la vivienda habitual, por ejemplo, se extienden de 5.160 a 15.120 euros, mientras que si los daños son en enseres domésticos de primera necesidad la cantidad puede ser de hasta 2.580 euros. Para solventar las afecciones en elementos comunes de uso general en una comunidad de vecinos se pueden otorgar hasta 8.000 euros. Por último, dichas ayudas ascienden a los 18.000 euros en el caso de daños personales; 8.000 euros para establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y de entre el 50 y el 100% de los gastos realizados por ayuntamientos en situaciones de emergencia.

Las solicitudes deben presentarse por vía telemática o en cualquier registro de la propia Delegación del Gobierno en Navarra o del Ejecutivo foral en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del hecho causante de la emergencia. Una vez hecha la solicitud, es el Ministerio del Interior el que las resuelve en el plazo máximo de seis meses.

DECLARACIÓN Para estudiar la declaración de una zona catastrófica, el Gobierno de España solicita una evaluación de daños del lugar y un informe a la comunidad autónoma correspondiente. La propuesta es después elevada a Consejo de Ministros por los ministerios de Hacienda, Interior, Política Territorial y Función Pública, y aquellos otros que pudieran ser competentes. En caso de que, finalmente, el Consejo de Ministros diera el visto bueno, cada uno de estos ministerios dictaría un decreto referido a las ayudas de su competencia. - D.N.