uándo debo llevar la mascarilla? ¿En qué momentos puedo prescindir de ella? Soy una persona asmática, ¿estoy obligada a llevarla? La entrada en vigor mañana de la obligatoriedad de la mascarilla viene acompañada de una retahíla de preguntas y dudas en torno a su uso y a las circunstancias excepcionales. Una situación de cierta incertidumbre que ya se vivió cuando se fueron anunciando los pases a las diferentes fases de la desescalada. Aunque queden muchas dudas en el aire, estas son las respuestas a algunas de ellas:

Sí, las personas de más de 12 años quedan obligadas al uso de mascarilla en todo momento en la vía pública y también en otros espacios al aire libre de núcleos poblacionales.

Sí, se puede prescindir de la mascarilla siempre que se guarde la distancia de seguridad de 1,5 metros con el resto de personas. Tampoco es obligatoria a la hora de bañarse en la piscina o en una zona habilitada para el baño, pero sí lo es para los desplazamientos que se hagan por estas zonas.

Hay que llevarla puesta siempre. Solo se puede quitar en el momento en el que se vaya a ingerir una bebida o un alimento, para después volver a protegerse inmediatamente.

Sin problema, se podrá seguir haciendo deporte como hasta ahora, siempre que se guarda la distancia interpersonal de seguridad.

Sí, pueden realizarse comidas y reuniones en casa con personas de otros núcleos familiares, pero se recomienda el uso de mascarilla.

No lo es cuando se va en el coche solo o con convivientes. En el momento en el que se realiza un viaje con personas de otros núcleos familiares, deberá usarse siempre la mascarilla.

Las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada con su uso no tienen la obligación de llevarla.

De la misma manera que en el caso anterior, estarán exentos de su uso obligatorio aquellos que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

En este caso la norma no cambia la situación, sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla tanto en taxis como en villavesas o autobuses.

Depende. Si se trabaja en un centro abierto al público sí, es obligatoria. En cambio, si no lo está, se puede prescindir de ella siempre y cuando se cumpla con la distancia de seguridad con otros compañeros.

Si vamos por la calle y está lloviendo o el sudor humedece la mascarilla y se deteriora mucho se debe cambiar por otra nueva.

No. Según una orden del Ministerio de Sanidad, se recoge "el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca". No habla de pantallas protectoras, por lo que éstas podrán ser complementarias a la mascarilla, pero no sustitutivas. Asimismo, no está admitido el uso de pañuelos, bufandas, fulares o bragas de cuello.

Hay que seguir cumpliendo con el resto de medidas aunque se lleve mascarilla. Así, se deberá mantener la distancia de seguridad de metro y medio con otras personas, así como preservar el lavado frecuente de manos con jabón o geles hidroalcohólicos.

Se corre el riesgo de ser sancionado con una multa de 100 euros en Navarra. En otras comunidades, como Extremadura o Asturias, la cantidad puede llegar hasta los 6.000 euros.

Sí, la obligatoriedad de la mascarilla se extiende a su uso adecuado. Se debe cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón incluido.