- La proliferación de una decena de brotes y el incremento de personas asintomáticas contagiadas de la covid-19 han llevado al Gobierno de Navarra a alinearse con otras comunidades del Estado e implantar el uso obligatorio de la mascarilla en espacios públicos y cerrados a partir de los 12 años. Mediante una orden foral -firmada por la consejera de Salud, Santos Induráin- el Ejecutivo regulará el uso de la mascarilla de una manera más estricta que la actual y la hace obligatoria a partir de mañana a las 00.00 horas, independientemente de que se guarde la distancia de seguridad de 1,5 metros. Se prevé que la norma se extienda hasta que mejore la situación epidemiológica y su incumplimiento será sancionado con multa de 100 euros.

La propia consejera de Salud dio a conocer ayer en rueda de prensa las medidas que incluye la orden foral con respecto a la mascarilla, que a partir de mañana pasará a ser de uso obligatorio en la vía pública, espacios al aire libre y espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público y en todo tipo de transporte público o privado -excepto cuando los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio-, independientemente de si se cumple o no la distancia interpersonal de seguridad. En Navarra deberán cumplir esta norma las personas que tengan 12 años o más, a diferencia de la mayoría de comunidades, que han rebajado ese límite a los 6 años. Induráin detalló ayer que el aumento de la edad es una de las modificaciones que se han introducido tras el proceso de participación y asesoramiento entre profesionales, sociedades científicas y otros órganos, como la Comisión de Transición, si bien la consejera matizó que “en caso de que los menores de 12 años no puedan guardar la distancia de seguridad, es aconsejable que se pongan la mascarilla”.

Se exceptúa el uso de mascarilla en el momento en que se esté consumiendo alimentos y bebidas y en actividades que puedan resultar incompatibles con su uso; durante el ejercicio de la actividad deportiva, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal -se utilizará la mascarilla durante todo el tiempo de circulación entre espacios comunes en instalaciones o centros deportivos-; y durante el momento de baño en piscinas u otros lugares habilitados para el baño. En este último caso, también se podrá prescindir de ella cuando se esté tumbado al sol, siempre y cuando se mantenga la distancia de seguridad. De la misma manera, queda exceptuado el uso de mascarilla en los centros de trabajo de titularidad pública y privada cuando se pueda garantizar la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores. No obstante, no se exceptuarán los puestos de trabajo que se encuentren abiertos al público, en los que sí será obligatorio el uso de mascarilla.

Igualmente, no será obligatoria en actividades de naturaleza fuera de los núcleos de población -como senderismo, escalada, ciclismo, montañismo y similares- cumpliendo con la distancia de seguridad. Tampoco estarán obligadas a llevar mascarilla las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada con su uso y las que por su situación de dependencia o discapacidad no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o personas con alteraciones conductuales que hagan inviable su utilización. Tampoco será obligatoria en situaciones de fuerza mayor.

Por otro lado, la orden foral recomienda el uso de mascarilla en espacios abiertos o cerrados que sean de carácter privado, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de diferentes núcleos familiares, a pesar de que se pueda garantizar la distancia de seguridad. Además, Induráin detalló que la obligatoriedad de las mascarillas se extiende a su uso adecuado, de forma que debe cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón, incluido.

Serán los ayuntamientos y la Administración de Navarra los encargados, en el ámbito de sus respectivas competencias, de llevar a cabo las funciones de vigilancia, inspección y control de las medidas establecidas en la orden foral. Los posibles incumplimientos se sancionarán de conformidad con la ley general de Salud Pública. Asimismo, se prevé que los titulares de los establecimientos, espacios o locales garantizarán el cumplimiento de esta obligación en dichos locales.

En lo relativo al uso de la mascarilla en el ámbito escolar, la orden foral prevé que su implantación en los centros educativos de Navarra se regirá por las disposiciones específicas que se dicten al efecto, “en función de la situación epidemiológica del momento”. Por último, la consejera Induráin adelantó que se va a realizar una campaña informativa por parte de las autoridades sanitarias y órganos competentes sobre las obligaciones de la ciudadanía en el uso de mascarillas.

Vigencia de la norma. La orden foral, que se publica hoy en el BON, entra en vigor mañana y su duración estará ligada a la evolución de la situación epidemiológica.

Obligatoriedad. Será obligatorio el uso de la mascarilla en la vía pública, espacios al aire libre y cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, independientemente de si se cumple o no la distancia de 1,5 metros.

Recomendable. En los espacios privados, se recomienda el uso de la mascarilla cuando se celebren reuniones de personas de diferentes núcleos familiares, a pesar de que se garantice la distancia.

Doce comunidades. Un total de doce comunidades han impuesto el uso obligatorio de la mascarilla: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Murcia, Navarra y la CAV.

Ayudas para la adquisición. Podemos Navarra mostró ayer su satisfacción por incorporar a la orden foral el compromiso de la Administración para facilitar el acceso a mascarillas a familias que no puedan costearlas.

Multa de 100 euros. En Navarra, las sanciones por incumplir la norma serán, con carácter general, de 100 euros, si bien esta cuantía podrá variar en función de la legislación sectorial aplicable. Casi todas las comunidades han establecido esta cantidad “simbólica”, aunque hay algunas como Asturias, donde la multa por no llevar mascarilla asciende a los 600 euros. También se sale de la norma Extremadura, que ha fijado un importe inicial de 100 euros, pero ampliable hasta los 6.000 en función de las personas que se hayan puesto en riesgo.