- El Gobierno español aprobará el próximo martes el proyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, la ley del Solo sí es sí, que regula el consentimiento expreso en las relaciones sexuales y acaba con la distinción entre abuso y violación. Igualdad y Justicia modificaron la definición del consentimiento tras un camino de vicisitudes de 16 meses: el anteproyecto salió del Consejo de Ministros en marzo de 2020, fue objeto de diferencias entre los ministerios de Irene Montero (Igualdad) y Juan Carlos Campo (Justicia), de críticas por parte del Poder Judicial y, en este tiempo, ha sufrido diversas actualizaciones.

Según informaron desde Igualdad, el proyecto de ley, que comenzará a tramitarse en septiembre, con el nuevo curso parlamentario, establece que “solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.

En el texto inicial, la redacción era la siguiente: “Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad de participar en el acto”. La ley busca que el consentimiento sea la clave a la hora de juzgar los delitos sexuales.

Las víctimas, destaca Igualdad, ya no tendrán que acreditar que han sufrido violencia o que se han resistido. Todo acto sexual sin consentimiento será agresión y se eliminarán los abusos sexuales del Código Penal, como pide reiteradamente el movimiento feminista desde el caso de la violación múltiple de la Manada. Precisamente este pilar del texto, el consentimiento -con el que España se alineará al mandato del Convenio de Estambul-, fue duramente criticado por el Consejo General del Poder Judicial, que rechazó por unanimidad la redacción inicial del consentimiento expreso y cuestionó también la supresión del abuso sexual.

El Consejo Fiscal, que sí avaló el anteproyecto, sugirió a Igualdad una redacción más clara y en positivo, no en negativo, recomendación que finalmente fue tenida en cuenta. Además de actualizar la tipificación de los delitos sexuales -con un sistema progresivo y proporcional a la gravedad de los hechos delictivos y con agravantes como las agresiones grupales, la violencia grave, la especial vulnerabilidad de la víctima y el uso de armas o medios peligrosos-, la ley abordará múltiples ámbitos.

Considerará como violencia sexual la agresión, el acoso, el exhibicionismo, el acecho o acoso callejero, la provocación sexual, la prostitución ajena, la explotación sexual, la corrupción de menores, la mutilación genial femenina, el matrimonio forzado, el feminicidio sexual y, en el ámbito digital, la violencia sexual transmitida por medios tecnológicos, la extorsión sexual y la pornografía no consentida. Al igual que hizo la ley contra la violencia de género, esta legislación entiende la violencia como sexual un problema estructural y público, no privado.

El Gobierno pretende además acabar con la impunidad de la industria proxeneta y para ello endurecerá el Código Penal para perseguir todo tipo de proxenetismo y castigar a quienes se lucran del alquiler de locales donde se produce explotación sexual. Y tendrá un apartado especial para los menores: contempla la creación de “casas de niños” para atender a los menores víctimas de violencia sexual, centros en los que se lleven a cabo todas las diligencias y tratamientos necesarios.