La Federación Navarra de Caza (FNC) quiere dar un paso adelante en la mejora de las condiciones de bienestar de los animales y aumentar así la protección que debe ejercer sobre ellos el ser humano. La realidad de partida es favorable, ya que el propietario de los perros de caza, y más si se trata de animales de competición o de élite, es uno de los mayores garantes del bienestar de los canes. Las razones de este comportamiento protector son variadas: desde la potenciación de la tenencia responsable, hasta el trato óptimo para mantener en alto nivel sus condiciones físicas para el deporte y la competición. También entra en juego el desarrollo etológico que realizan al animal, ya que esta actitud de máximo cuidado y protección a cánidos domesticados y seleccionados durante 150.000 años para la actividad cinegética permite a estos animales expresar su comportamiento natural. Es decir, que cacen.Según la entidad que agrupa a los cazadores de la Comunidad foral y que vela por sus derechos, las competiciones deportivas podrían funcionar como un gran escaparate para divulgar esta relación única entre el perro de caza y el cazador. En las pruebas, debería mostrarse a toda la sociedad los positivos ejemplos de tenencia responsable, el buen trato que se ofrece a los animales y el bienestar que poseen los perros que acompañan al colectivo cinegético. Esos casos prácticos contribuirían a borrar poco a poco del subconsciente social que el perro de caza sea un animal maltratado, una falacia muy manida entre los grupos animalistas y que, sin embargo, no se sostiene cuando se comprueba la realidad.

Dentro de las disciplinas deportivas asociadas a la actividad cinegética existen múltiples tipos de competiciones que requieren de la participación activa del perro (agility, caza menor con perro, San Huberto, caza de becadas, caza del zorro, caza con podenco, rastro de conejo, rastro sobre jabalí, perros de muestra...). Sin embargo, las reglas técnicas definidas por la Real Federación Española de Caza (RFEC) no son coincidentes entre las diferentes modalidades, y la mayoría de ellas solo recogen una breve instrucción acerca de las condiciones que deben tener los animales participantes en lo referente a la sanidad y a su bienestar.

La más extensa de estas reglamentaciones técnicas es la de las pruebas de agility. Por ello, la FNC propone que, debido a su calado social y a su más reciente actualización, esta normativa sirva de base para, con las adaptaciones pertinentes a cada disciplina, sea empleada en todas las pruebas en las que participen perros de caza. Para tratar de conseguir este propósito, el organismo envió a la RFEC unas normas básicas, con la intención de que fueran revisadas y analizadas por las secciones competentes de la entidad que agrupa a las diferentes federaciones autonómicas.

Como primer punto, este listado de reglas fija que los perros deben cumplir con la legislación de identificación y sanidad animal. Muy especialmente, en lo que se refiere a la posesión de identificación mediante microchip y cartilla sanitaria o pasaporte; y en cuanto a la vacunación antirrábica y el tratamiento frente a echinococcus granulosus. Es muy recomendable, además, que los perros participantes en las pruebas se encuentren vacunados frente a patologías caninas como el moquillo, la parvovirosis, la hepatitis, la leptospira... Asimismo, se considera oportuno desparasitarlos externamente frente a vectores hematófagos como las pulgas, las garrapatas y los mosquitos.

buena salud

Los perros deben estar preparados, ser competentes y gozar de buena salud antes de que se les permita competir. Esta máxima quedaría condicionada por seis factores: una buena condición física y capacidad (la participación en las competiciones estaría restringida a los perros con nivel físico suficiente); un estado de salud óptimo (no pudiendo competir aquellos perros que presentaran síntomas de enfermedad, delgadez severa, cojera, ceguera u otros aspectos clínicos que pudieran poner en peligro su bienestar); la prohibición de dopaje o del uso de medicamentos sin prescripción veterinaria; la imposibilidad de tomar parte en las pruebas si el perro ha recibido un procedimiento quirúrgico que amenace su bienestar o la de los demás canes o guías; la exclusión de las perras preñadas o recién paridas (estos animales no podrían participar en pruebas hasta dos meses después de haber tenido la camada); y el uso indebido de ayudas (el perro no podría llevar nada artificial durante la actividad, como collares electrónicos de impulso, vendas, abrigos... y tampoco se autorizaría el empleo de comida, juguetes o cualquier otro elemento motivador).

Según la FNC, las competiciones deberían afectar lo mínimo posible al bienestar general de los perros. Por tanto, no se celebrarían en condiciones climáticas extremas y habría de procurar disponer en ellas de todo lo necesario para refrescar a los animales cuando compitieran con altos niveles de temperatura o humedad.

Una vez finalizada la competición, se debería garantizar que los perros recibieran una atención adecuada y que, por otro lado, fueran tratados con humanidad cuando finalizara su carrera deportiva. En este aspecto, se valoran tres fundamentos: el tratamiento veterinario preciso, ya que estos profesionales siempre han de estar disponibles durante las pruebas, ya que habrían de comprobar regularmente el estado de los animales; el control de las condiciones de los suelos, la frecuencia de las pruebas y otros factores de riesgo, para evitar que se produzcan lesiones en las competiciones; y el esfuerzo para procurar a los canes una jubilación cómoda, asegurando que fueran tratados con cariño y protección cuando se retiraran de la competición.

Desde la FNC se estima necesario que todas estas normas tuvieran la máxima notoriedad y difusión social posible, para aunar esfuerzos en el beneficio del bienestar y la protección animal de los perros de caza de competición. En este sentido, este compendio de reglas podría ser incluido dentro de las acciones específicas del Plan de Actuación de Tenencia Responsable de Animales de Compañía del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Y, asimismo, podrían servir como protocolo sobre el cuidado de los perros de caza ante cualquier actividad cinegética lúdico-deportiva.