La pensión de incapacidad permanente es una de las prestaciones económicas que la Seguridad Social puede dar y a las que una persona que sufre una enfermedad o un accidente que le impide ejercer su trabajo puede acogerse antes de la jubilación.

Pensión de incapacidad permanente y pensión de jubilación

Una prestación cuyo objetivo, según así lo indican desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, no es otro que compensar esa pérdida de ingresos causada por el deterioro de la salud de las personas afectadas. La Seguridad Social cuenta con hasta cuatro grados de incapacidad permanente: total, parcial, absoluta y gran invalidez. Para optar a esa pensión, el trabajador afectado debe someterse a una serie de exámenes médicos llevados a cabo por el equipo de valoración de incapacidades (EVI) que determinarán si está incapacitado en un grado igual o superior al 33% para la profesión habitual.

La pensión de jubilación, por su parte, es "la prestación económica que se reconoce, una vez alcanzada la edad establecida, a quienes cesen o hubiesen cesado, total o parcialmente, en la actividad por la que estaban incluidos en el Sistema de la Seguridad Social y acrediten el período de cotización fijado".

Se distingue entre jubilación ordinaria y jubilación parcial. La ordinaria "se produce cuando el trabajador cesa totalmente, a causa de la edad, en su actividad laboral y cumple los requisitos generales para el acceso a la pensión", mientras que la parcial "es la iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo".

Esto es lo que pasa con la pensión de incapacidad permanente en el momento de jubilarse, según un abogado

Con más de 94.000 visualizaciones y más de 2.100 me gustas, la publicación del abogado Andrés Millán, con nombre de usuario @lawtips, quien cuenta con más de 2 millones y medio de seguidores en TikTok, no ha dejado a nadie indiferente.

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Incapacidad y qué pasa con la pensión.

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"¿Qué pasa con tu pensión de incapacidad permanente cuando te jubilas? ¿Las pierdes? ¿Aumenta? Pues atendiendo al artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social, cuando llegas a la edad ordinaria de jubilación pasa a llamarse pensión contributiva de jubilación y pasas a cobrar lo que más te convenga, la propia incapacidad permanente o dicha pensión de jubilación que te correspondería. Te va a beneficiar en todos los escenarios posibles, porque automáticamente se te aplica aquella con la que más dinero recibas", explica de manera detallada el abogado.