"Una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómica o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral", así es como desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones hacen referencia a la pensión de incapacidad permanente.
"Reducciones anatómica o funcionales graves que disminuyan o anulen su capacidad laboral"
Según relatan desde este organismo, dependiendo del grado de incapacidad, se exigen unos requisitos generales y de cotización. Son cuatro los grados de incapacidad que se distinguen: "Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión. Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta. Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida".
"Las diez enfermedades por las que más se solicita una incapacidad permanente", según un abogado laboralista
Con más de 86.000 visualizaciones y más de 2.300 me gustas, la publicación del abogado Pablo Ródenas, con nombre de usuario @rodenas_abogados y que cuenta con más de 123.000 en Instagram y más de 88.000 seguidores en TikTok, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y también creador de contenido "Las diez enfermedades por las que más se solicita una incapacidad permanente".
"Nadie pide una incapacidad por gusto, se pide cuando el cuerpo o la cabeza ya no da más. Estas son las 10 enfermedades más habituales por las que los trabajadores acaban solicitando una incapacidad permanente. La primera, y la más común, dolor lumbar, cervical y problemas de columna, hernias, artrosis, lesiones crónicas, dolor constante, todos los días, etcétera. La segunda, trastornos de salud mental. Depresión mayor, ansiedad grave, trastornos adaptativos... no se ven, pero te anulan. Tres: enfermedades cardiovasculares. Infartos, insuficiencia cardiaca, arritmias... el miedo a que el cuerpo falle en cualquier momento. Cuatro: fibromialgia y fatiga crónica. Dolor generalizado, cansancio extremo y la sensación de que nadie te cree. Cinco: enfermedades neurológicas. Esclerosis múltiple, Parkinson, epilepsia... aquí el problema no es solo trabajar, es mantener el control. Seis: enfermedades respiratorias, como el EPOC, asma grave, trabajar sin aire es imposible en estos casos. Siente: cáncer y secuelas oncológicas. A veces no es el tumor, es lo que deja después. Ocho: lesiones articulares graves. Rodillas, hombros, manos, especialmente en trabajos físicos. Nueve: pérdida auditiva severa y tinnitus, el ruido que no se va nunca y te rompe por dentro. Diez: enfermedades autoinmunes. Lupus, artritis reumatoide, Crohn, brotes, dolor, imprevisibilidad total", detalla el abogado.
Pero su relato no se queda ahí. "Y ahora escucha esto: tener una de estas enfermedades no garantiza la incapacidad permanente, pero explicarla mal casi garantiza que te la denieguen. Esto no va de exagerar ni de engañar, va de saber contar cómo te limita la verdad. Porque nadie pide una incapacidad si pudiera seguir trabajando como antes. Si te encuentras en esta situación, infórmate. Tu problema no es la enfermedad, es que nadie te explicó cómo defenderla", añade el experto.