Pamplona - Algo más de 25.000 mujeres que trabajan en Navarra a tiempo parcial verán mejorada la pensión que cobren el futuro. La reciente sentencia del Tribunal Constitucional, que anula la actual fórmula de cálculo al entender que es discriminatoria con las mujeres, tiene un impacto relevante entre los cotizantes navarros y se dejará sentir con efectos inmediatos. Comisiones Obreras calculaba ayer que más 33.000 personas se beneficiarían en la Comunidad Foral de una sentencia que no tiene efectos retroactivos y no beneficia, por tanto, a quienes ya tienen reconocida la pensión.

Para el sindicato la sentencia que anula una parte de la fórmula de cómputo de los trabajos a tiempo parcial para calcular la pensión de jubilación “viene a cerrar el círculo de las reformas que se han producido en esta materia en los últimos años, porque exige en la práctica, una reformulación integral de la cotización de los trabajadores a tiempo parcial”. Así lo señaló en un comunicado en el que subraya la importancia de esa resolución porque determina que la manera de proceder hasta ahora “reduce el número efectivo de días cotizados, diferenciación que no solo conduce a un resultado perjudicial en el disfrute de la protección de la Seguridad Social para los trabajadores contratados a tiempo parcial, sino que afecta predominantemente a las mujeres trabajadoras”. En Navarra, alrededor de 50.000 personas trabajan a tiempo parcial, un 70% mujeres y de las que el 65% podrían beneficiarse de la media.

Para CCOO es “indudable” que la sentencia del Tribunal Constitucional supone la confirmación de una doctrina firme que “necesariamente debe conllevar la reforma integral de la legislación en materia de cotización del trabajo a tiempo parcial”. Más allá del alcance material de las sucesivas sentencias que en 2013 y ahora en 2019 se han producido, el sindicato cree que es necesario modificar el cuerpo legal. “Es necesario abordar, de manera integral, una revisión de la legislación en esta materia que garantice la plena igualdad de trato para los trabajadores a tiempo parcial”.

Al respecto el sindicato sostiene que debe hacerse teniendo en cuenta las dificultades objetivas que este colectivo tiene como consecuencia de su diversidad como el tiempo parcial, fijos-discontinuos o parcialidad horizontal y vertical. CCOO señala además que esta cuestión debe volver a situar el foco sobre el creciente uso del contrato a tiempo parcial, con un “sesgo de género claro y una utilización creciente y, con frecuencia, indebida o fraudulenta”.

En esa línea defiende que la reforma de la legislación en materia de Seguridad Social del tiempo parcial debe ser “coherente con una reforma integral del trabajo a tiempo parcial, donde se retrotraiga la desregulación laboral” que ha tenido este tipo de empleo y “se le reconozcan estándares de calidad y seguridad jurídica que hoy ha visto mermada”. A ello suma “la intensificación de actuaciones efectivas de control para prevenir el uso indebido de esta figura y, de manera particular evitando incentivar su uso fraudulento, ocultando salarios y bases de cotización”.

La decisión del Constitucional se halla asimismo en línea con la posición ya manifestada por el Tribunal de Justicia de la UE, que en mayo de este año ya aseguraba que la forma en la que España computa la pensión de los trabajadores a tiempo parcial podría suponer una discriminación indirecta hacia las mujeres. En toda España, la Encuesta de Población Activa señala que durante el año 2018 había unos 2.830.700 trabajadores a tiempo parcial y el 74,5% eran mujeres. Y algo más de la mitad, alrededor del 52%, le habría gustado disponer de un puesto de trabajo a tiempo completo.

14

Artículo vulnerado

El Tribunal Constitucional considera que se vulneraba el artículo 14, que dice lo siguiente: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Elimina el coeficiente. El Constitucional fija el derecho a que un día trabajado sea igual a un día de cotización a la Seguridad Social, como los trabajadores a tiempo completo. Este derecho es independiente de las horas trabajadas en ese día. De este modo, la sentencia suprime el coeficiente que se utiliza ahora para medir el tiempo de contribución.

Efecto inmediato. La Seguridad Social ha anunciado que modificará sus sistemas informáticos para empezar a pagar las pensiones a los jubilados del tiempo parcial que se den de alta.