El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha anulado este miércoles la decisión de la Comisión Europea que exigió a Apple la devolución de 13.000 millones de euros más intereses en Irlanda por haberse beneficiado de ayudas fiscales ilegales.

En concreto, la sentencia determina que el Ejecutivo comunitario no ha podido demostrar que la multinacional tecnológica se beneficiase desde 1991 de ayudas públicas que falsearon la competencia del mercado interior, que hubieran resultado incompatibles con la legislación comunitaria.

"La Comisión falló al declarar que se había concedido a Apple Sales International (ASI) y Apple Operations Europe (AOE) una ventaja económica selectiva y, por extensión, una ayuda de Estado", ha explicado el Tribunal General de la UE en un comunicado.

Tanto Dublín como la multinacional tecnológica habían recurrido esta decisión de hace casi cuatro años ante la Justicia europea. Los servicios de la vicepresidenta de la Comisión Europea responsable de Competencia, Margrethe Vestager, disponen ahora de un plazo de dos meses y diez días para decidir si recurren el fallo ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia.

En particular, se refiere a dos resoluciones fiscales de la agencia tributaria irlandesa de 1991 y 2007 a favor de Apple Sales International y Apple Operations Europe que avalaban los métodos empleados para que ambas asignasen beneficios a sus respectivas sucursales irlandesas.

Estas resoluciones estuvieron vigentes entre 1991 y 2014, pero la Comisión Europea solo pudo ordenar la recuperación del dinero no pagado durante un periodo de diez años anterior a la primera solicitud de información, que se remonta a 2013. Según sus cálculos, ascendieron a 13.000 millones de euros desde 2003.

En su sentencia, el Tribunal General considera que Bruselas concluyó "erróneamente" que Dublín había concedido una ventaja selectiva a Apple por no haber atribuido a sus filiales irlandesas las licencias de propiedad intelectual del grupo propiedad de ASI y AOE. Esto supuso que tampoco se adjudicaron a las filiales irlandesas de la multinacional todos los beneficios obtenidos de las ventas del grupo fuera del continente americano.

Según este tribunal de primera instancia, la Comisión "debería haber demostrado que esos ingresos provenían de actividades realizadas realmente por las filiales irlandesas" a través, por un lado, de actuaciones efectivamente ejercidas por ellas o, por otro, con "decisiones estratégicas" a aplicar más allá de su ámbito.

En segundo lugar, la Justicia europea ha dictaminado que el Ejecutivo comunitario tampoco ha podido demostrar la existencia de "errores metodológicos" en los acuerdos fiscales entre Dublín y Apple que condujeran a una reducción de los beneficios de la multinacional que debían ser gravados en Irlanda.

"Aunque el Tribunal General lamenta la naturaleza incompleta y a veces inconsistente de los 'tax rulings' cuestionados, los defectos identificados por la Comisión no son, en sí mismos, suficientes para demostrar la existencia de una ventaja" incompatible con el Derecho comunitario, explica al tribunal de Luxemburgo.

Por último, los jueces europeos señalan que el departamento de Vestager no ha podido demostrar que los acuerdos fiscales fueron fruto de un "poder discrecional" por parte de las autoridades fiscales irlandesas.