Los prejubilados con pensión máxima no verán recortada hasta un 21% su prestación en Navarra y resto del Estado
El Ministerio de Seguridad Social y Migraciones escucha a los sindicatos y rectifica la medida adoptada este año | Dejó de aplicar el régimen transitorio pactado con los agentes sociales y la nómina sufría un recorte de hasta 400 euros
El Ministerio de Seguridad Social y Migraciones ha corregido la decisión adoptada este año, a través de la cual las personas prejubiladas de manera voluntaria con pensión máxima estaban sufriendo un recorte de hasta 400 euros en su prestación al dejar de cumplir la Seguridad Social con el régimen transitorio puesto en marcha desde 2024.
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La Seguridad Social resolvió no aplicar dos puntos de este régimen, y aquellas personas trabajadoras que habían tomado la determinación de prejubilarse antes de la edad exigida, se les empezó a calcular su pensión de acuerdo a los coeficientes reductores establecidos según el número de años cotizados -todos con dos dígitos de penalización: 13%, 17%, 19% o 21%-.
Durante estos dos meses, estos pensionistas con pensión cuya base reguladora está por encima de la cotización máxima han visto un recorte de su nómina de hasta 400 euros al mes, al no tenerse en cuenta este régimen transitorio. Esta cantidad supone una disminución del 21%. En cambio, con el régimen transitorio ese porcentaje en concepto de coeficiente reductor este año tenía que ser del 9%.
Rectificación
La Seguridad Social establece una penalización a las personas que solicitan la jubilación antes de la edad establecida. Este castigo se denomina coeficiente reductor.
Para aquellas pensiones con base reguladora por encima de la cotización máxima, este organismo establece unos coeficientes reductores con una horquilla que va desde el 13% al 21%, -según sus años de cotización-. Estos porcentajes recortan dicha prestación.
Sin embargo, la Seguridad Social y los agentes sociales acordaron un periodo transitorio que comenzó en 2024 con extensión hasta 2033 para que estas personas prejubiladas voluntarias no tuvieran los porcentajes de penalización anteriormente citados en sus prestaciones.
Puesto en marcha en 2024
Este pacto se ha respetado en 2024 y 2025, pero este año el Instituto Nacional de la Seguridad Social informó de que por aplicación de un informe de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, modificaba el criterio con el que se había venido operando hasta el momento y defendió que parte de los puntos del régimen transitorio estaban ya cumplidos y que dejaban de emplearse.
De este modo, desde el 1 de enero de 2026 la Seguridad Social solo iba a mantener en vigor una cláusula regulada en el apartado 3 de la disposición transitoria.
¿Qué va a ocurrir ahora?
Esta semana se ha conocido que el Ministerio, encabezado por Elma Saiz, ha rectificado y la Seguridad Social vuelve a tener en cuenta los distintos puntos recogidos en este régimen transitorio. Aunque todavía la nueva regulación no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), motivo por el que tanto UGT como CCOO se muestran cautelosos.
Por el momento, es un interrogante si la Seguridad Social va a reembolsar los recortes realizados a las pensiones máximas de estos prejubilados voluntarios en Navarra durante estos dos meses; y si aquellas personas que se han prejubilado este año van a beneficiarse de la nueva normativa que va a publicarse.
"Positivo, pero hay que esperar"
El secretario de Acción Sindical de CCOO, Alfredo Sanz, ha indicado este miércoles que la resolución adoptada por el Ministerio es positiva, ya que las personas afectadas estaban sufriendo unas disminuciones importantes en sus pensiones.
Aunque Sanz también ha manifestado que hay que esperar a la publicación de la medida en el BOE y "leer la letra pequeña".
Solo como ejemplo, para quienes han cotizado menos de 38,5 años y adelantan su jubilación en dos años con una base reguladora por encima de la pensión máxima, con el régimen transitorio en vigor el coeficiente reductor es de un 9,1% en 2026; y no del 21% como se está aplicando desde el 1 de enero. Porcentaje este último que no debe entrar en vigor hasta el año 2033.
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