Profecía fallida

– De entrada, un saludo para los visionarios diestros que aseguraban que las reformas de los delitos de sedición y malversación serían una versión corregida y aumentada de la ley del Solo sí es sí. Se daba por hecho que iban a rebajarse a tutiplén las condenas de sediciosos y corruptos, pero de momento, la primera les ha dado en la frente a los Nostradamus de lance. De hecho, su profecía estrella, es decir, que el primer beneficiado sería Oriol Junqueras, acaba de quedar hecha de pedazos. Con el Tribunal Supremo hemos topado, y al líder de Esquerra se le mantiene la inhabilitación hasta que las ranas críen pelo, es decir, hasta el 17 de julio de 2031. Menudo fiasco para quienes porfiaban desayuno, comida, merienda y cena que el recauchutado legal tenía como objetivo principal que Junqueras pudiera presentarse como candidato a la Generalitat en las próximas elecciones. Como ven, va ser que no.

Trile judicioso

– Con todo, tampoco debemos hacernos trampas en el solitario. Siendo honrados, hay que reconocer que si el pronóstico no se ha cumplido es porque el llamado alto tribunal se ha fumado un puro con los dispuesto en la norma reformada. Para chulo, el pirulo de Manuel Marchena, presidente del órgano judicioso, que se ha cascado un birlibirloque marca de la casa. El trile ha consistido en retirar a Junqueras el delito de sedición, mantenerle el de malversación agravada y endosarle de nuevas el de desobediencia. O sea, las gallinas que salen por las que entran. Tú haz la ley, que yo, con mis puñetas ideológicas, haré la trampa. Separación de poderes, sí, pero que se vea quién tiene la sartén por el mango. Y si tienes quejas, ahí está el maestro armero o el ahora muy progresista Tribunal Constitucional, a ver si hay lo que hay que tener para llevarle el caso.

Desafío

– Por si faltaba algo, los redactores del auto se arman de soberbia para enmendar la plana al órgano legislativo. Entre los portantosencuantos, lamentan con sonoros rasgados de vestiduras que, por culpa de la reforma, “la deslealtad constitucional y el menosprecio de las bases de convivencia” ya no son penalmente perseguibles salvo que vayan acompañados de actos de violencia e intimidación. Y continúan su llantina, más propia de opinateros en tertulias mediáticas que de juristas que han de atenerse a lo que dispone la legislación vigente, con soflamas como esta: “La ruptura de una parte del Estado será ajena al derecho penal cuando no haya violencia”. Probablemente, solo sea derecho al pataleo, pero tiene bastante pinta de desafío, cuando no de desobediencia. Paradoja.