El Gobierno de Navarra acuerdó requerir al Ayuntamiento de Estella-Lizarra para que proceda a la anulación del punto del pleno del pasado mes de abril en el que se establecieron las nuevas condiciones alcanzadas para los trabajadores del personal funcionario, contratado administrativo y del convenio del Personal Laboral, al servicio de dicha Entidad Local, que tenía como efecto retroactivo hasta el 1 de enero. 

Se trata de una revocación dictada por la dirección general del Administración Local una vez analizado el expediente con el que el Ayuntamiento estellés justificaba el acuerdo tomado en relación a la modificación de las jornadas festivas y su retribución por parte de los mencionados trabajadores entre los que se incluía la Policía Municipal. 

En este sentido, la resolución reconocía que Navarra ostenta competencia propia tanto en materia de administración local como en materia de función pública, y que corresponde al Gobierno y al Parlamento dictaminar “la provisión de puestos, retribuciones, vacaciones y licencias”. Así mismo, indicó que la competencia municipal en materia de personal tiene un alcance limitado, que principalmente se sustancia en las decisiones y actuaciones sobre la ordenación y la gestión de los recursos humanos que le son propios, sin que ningún ayuntamiento de Navarra pueda “invocar el principio constitucional de autonomía local cuando la actuación municipal signifique una quiebra del régimen jurídico aplicable al personal de todas las Administraciones Públicas de Navarra, pues en todo caso han de primar los principios de legalidad y jerarquía normativa consagrados en el artículo 9 de la Constitución”.

Con todo, desde Administración Local se reconocía que se podrán tomar las determinaciones para las que sí le habilita la norma y que se ciñan a la aplicación directa de ese marco general al caso particular de su personal y aquellas cuestiones relacionadas con su ordenación y gestión, “como puede ser la aprobación de la correspondiente plantilla orgánica”. Un caso que el Ayuntamiento de Estella-Lizarra ha de aplicar por imperativo legal toda esta normativa, sin que pueda adoptar acuerdos que supongan una regulación diferente de la reglamentariamente establecida, “por carecer de competencia para tal fin”. 

Artículo 4

En este sentido, se ha requerido al Ayuntamiento de Estella-Lizarra, para que en el plazo de un mes proceda a anular la modificación del artículo 4 del Acuerdo de Condiciones de Empleo del personal funcionario y contratado administrativo y del Convenio del personal laboral, al servicio de dicha entidad local, y hacerlo con efectos de 1 de enero, con lo que el equipo de Gobierno de UPN seguirá sin cerrar la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, algo que podría ocurrir en el próximo pleno de julio, eso sí, si existiera acuerdo previo con los sindicatos LAB, CSIF y ELA