Desde que en la resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobara la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la educación pública quedó sancionada por el consenso universal.

En el artículo 26 decía: “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental”.

Y tras enunciar que la educación “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad,” termina diciendo que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.”

Si la educación ha de ser gratuita, la educación, pues, habrá de ser financiada por las administraciones públicas de los estados. El Estado ha de ofrecer a toda la ciudadanía una educación gratuita y de calidad. Financiación pública de la educación no quiere decir que sea precisamente la Administración pública quien sea la única que la tenga que ofertar, con sus funcionarios e instituciones. El Estado no tiene en exclusividad el patrimonio de lo público. Está también la sociedad civil.

En algunos países de democracias avanzadas, el Estado pacta con iniciativas sociales de educación unas reglas de juego y las financia para que las familias tengan acceso a ellas. Se arroga únicamente la responsabilidad de velar el que esa educación asegure “el pleno desarrollo de la personalidad y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales”.

En nuestra comunidad existen tres redes educativas: la llamada escuela pública, la ikastola y la perteneciente a las organizaciones educativas de la Iglesia.

La llamada escuela pública es la enseñanza ofertada por la Administración del Estado. Habría de ser llamada con propiedad escuela estatal, puesto que públicas son también las otras redes que están supervisadas y financiadas en parte por el departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

En Navarra están definidos los perfiles educativos específicos de la escuela estatal y la ikastola. Los padres, por consiguiente, cuentan con criterios orientativos para ejercer ese derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. ¿Cuáles son los rasgos diferenciales de la educación y enseñanza entre la escuela estatal (no entendida como escuela del Estado central, sino genéricamente de la escuela surgida de la iniciativa de la Administración pública que, en su día, fue la Administración central de Madrid y, posteriormente, entre nosotros, a la del Gobierno de Navarra) y la ikastola? En los centros de la Iglesia está claro que la educación ha de poseer el perfil de la doctrina cristiana. Pero, ¿y en las otras dos? Llevando los interrogantes al extremo, ¿en qué se fundamenta el que el Estado de Navarra tenga sus instituciones propias de enseñanza, existiendo toda una pluralidad de instituciones docentes supervisadas por él?

Sabemos que existen razones políticas e históricas para la existencia de estas tres redes.

Lo que no tiene sentido es que, en igualdad de oferta pedagógica, el trato por parte de la Administración sea diferencial. Si por razones históricas existen en nuestro país tres redes educativas, que las haya. Pero habrá de ser en igualdad de trato por parte de la Administración. Así, los padres y madres podrán elegir en plena libertad y gratuidad la escuela que más responda a su sentir y a su mentalidad.

Pero el debate sobre escuela pública y escuela privada hace que las ikastolas se queden en el lado contrario al de su origen y funcionamiento real:

Las ikastolas nacieron en su mayoría de la iniciativa popular, prácticamente en su totalidad son cooperativas de enseñanza, se fueron construyendo con aportaciones populares, son centros sin ánimo de lucro, las mejoras y las aportaciones que hacen las familias no se recuperan cuando sus hijos/as finalizan sus estudios en a las ikastolas, son organizaciones solidarias en

contribuciones como la fiesta del Oinez, las familias participan de forma directa en la gestión de los centros (aspecto diferenciador con respecto a la escuela pública y la religiosa). Su forma de funcionamiento puede ser considerada la más pública de las tres que existen subvencionadas con dinero público; con la diferencia de que mientras las escuelas públicas son construidas con fondos públicos, las ikastolas lo hacen con las aportaciones de las familias y otras ayudas. También es destacable que las ikastolas han elaborado sus propios libros de texto y han desarrollado proyectos pedagógicos propios, que son utilizados también por no pocos centros públicos.

Las tensiones y suspicacias que existen desgraciadamente en el presente entre las tres redes tienen mucho que ver con errores de planteamiento.

El autor es médico psiquiatra, profesor de psicología en la Universidad de Mondragón HUHEZI y en la Universidad del País Vasco. Es autor del libro ‘El niño en la mirada del conocimiento. La pedagogía de la confianza’.