Resulta imposible seguir el caso Alves y no revivir el juicio de La Manada (Sanfermines de 2016). Los acusados que se convierten en “víctimas” y no sólo defienden su inocencia (la defensa de Alves ha pedido su absolución) o buscan coartadas (“estábamos disfrutando los dos”, señaló ayer Alves; en el caso de La Manada el abogado llegó a hablar de relaciones en grupo consentidas por parte de la joven de 18 años) cuando no atenuantes (la ingesta de mucho alcohol en el caso del exfutbolista). Se pone en duda el testimonio de la víctima (el cortejo previo, la reacción de quedarse paralizada en el baño de la discoteca de Barcelona sin que le dijera que parara, tal y como declaró ayer la defensa; seis años antes en el portal de Pamplona se aludió a una presenta actitud pasiva y neutra sin que hubiera, según la defensa, “gesto de asco, pena, dolor, sufrimiento o cualquier otro del que se pueda denotar incomodidad o disgusto”) o que no hubiera lesiones vaginales...(en el caso de Barcelona solo hematomas en ambas rodillas...).

Las defensas van más allá, en ambos casos, no sólo demandan o demandaron la absolución de los acusados sino la nulidad del juicio por considerar que se vulnera el derecho a la presunción de inocencia con un juicio mediático paralelo. Este argumento no le valió a La Manada (el abogado habló de “cazería mediática”) ante la evidencia de las pruebas existentes.

El Supremo elevó el delito de abuso a violación y condenó a los acusados a 15 años de prisión en “base exclusivamente a lo visto y oido en el juicio oral”, que se cumplieron todas las “garantías” y que la “presión” era un elemento “normal” ante un caso “mediático”. Y una se pregunta también qué garantías ha tenido la chica que fue agredida en la discoteca Sutton si el propio acusado concedió una entrevista desde la cárcel hablando de relaciones consentidas, su pareja acudió a la televisión y su madre divulgó sus imágenes en las redes sociales.

Ésto último me recuerda a los detectives a sueldo que fueron contratados para desacreditar a la víctima de la Manada rastreando su Instagram como si no tuviera derecho a seguir con su vida después de la agresión. La verdad es que en Pamplona ya tuvimos que escuchar de todo. Que los chicos de Sevilla eran “simples” y “primarios” con el fútbol o las relaciones sexuales, “cuantas más mejor” pero, eso sí, “buenos hijos” a los que se les “está destruyendo sin que hayan cometido el delito”, según el abogado de La Manada que hablaba de San Fermín como “una referencia mundial del turismo festivo y sexual” donde era “factible que a una joven le puede parecer atrayente mantener relaciones con cinco varones”. Y con una tasa de alcohol suficiente que provocara su presunta “desinhibición”.

Del caso de Alves (el Fiscal pide nueve años y la acusación particular doce) sólo sabemos lo que las cámaras nos muestran lo ocurrido hasta que entran al baño. A partir de ahí ella declara que él la violó. La joven de 23 años accedió a bailar en la zona VIP pero cuando quiso salir del lavabo él se lo impidió, según el testimonio de ella, que dijo que el acusado intentó una felación, la abofeteó e insultó (dí que eres mi putita) y finalmente la penetró con mucha violencia contra su consentimiento hasta que eyaculó.

La diferencia entre ambos casos está en la recién aprobada ley del solo sí es sí ya que iguala el delito de abuso con el de agresión sexual y pone el foco en el consentimiento. La víctima afirma que no hubo consentimiento mientras que el acusado insiste en que las relaciones sexuales sí lo fueron.