No solo nuestra Constitución en su artículo 47 recoge el "derecho a disfrutar de una vivienda digna", sino que siendo más explícita insta a que "los poderes públicos promuevan las condiciones necesarias y establezcan las normas pertinentes para hacerlo efectivo". También, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 25.1, que España se comprometió acatar, aboga por asegurar la vivienda. Además, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, en el artículo 34.3, reconoce el derecho a ayudas para la vivienda.Así que no, señores Garamendi y Casado, no digan que la nueva Ley de Vivienda "atenta contra el derecho a la propiedad, reconocido en la Constitución". Todo lo contrario. Lo que la Ley de la Vivienda anhela es garantizar el cumplimiento del mandato constitucional. No sean anticonstitucionalistas. Saben que la Carta Magna, en su artículo 128, determina asimismo que "toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general".