Tras recurso de Navarra Suma (UPN), el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha fallado que en el Ayuntamiento de Ansoáin el euskera no puntúe como mérito en aquellos puestos en los que no es requisito, y que puede ser mérito en determinados puestos de trabajo “en los que es razonable y proporcionado” y en los que se realiza una valoración por puesto de trabajo, atendiendo a sus características, funciones y realidad sociolingüística. Si no, al parecer, para acceder a la Función Pública se discriminaría a quienes no saben euskera. Además, Navarra Suma utilizó elementos cuantitativos en su recurso, como que en la plantilla orgánica se exige el conocimiento del euskera en un 38,14% de las plazas, mientras en Ansoáin el 79,2% no conoce el idioma.
Como es sabido, para acceder a miles de puestos de trabajo de la Función Pública de Navarra, se consideran méritos el inglés, el alemán y el francés, como “conocimientos generales” y sin necesidad de realizar ningún análisis específico del puesto de trabajo. Pero que el euskera sea mérito les parece agravio. Todos los puestos de trabajo de Ansoáin cumplen con el perfil de castellanoparlante, mientras que para algunos puestos el mérito del euskera es un “agravio”. Los puestos de trabajo con perfil en euskera pueden prestar sus servicios tanto en euskera como en castellano, pero en los de perfil en castellano no está garantizada en ningún caso la atención en euskera, pero eso es agravio.
Tanto Navarra Suma (UPN) para presentar el recurso, como el TAN para justificar la sentencia, recurren a la proporcionalidad cuantitativa del número de hablantes para reducir el número de puestos de trabajo con conocimiento de euskera en la plantilla orgánica. Sin embargo, el ciudadano/a que estando en la zona mixta ha tomado la decisión de hablar en euskera tiene todo el derecho a hacerlo ante la administración, también en su vida personal y en las relaciones con sus compañeros/as. Este derecho no puede ser fraccionado parcialmente, no puede ser discontinuo, ahora sí, ahora no (con el técnico de cultura sí, con el coordinador deportivo no). La Administración Pública debe poner los medios para que este derecho vaya siendo respetado.
Siendo el euskera la lengua originaria y la expresión cultural más específica y valiosa de Navarra, el Gobierno de Navarra lleva décadas impulsando y apoyando programas de aprendizaje del euskera para adultos, y el aprendizaje del euskera en el sistema educativo está garantizado en toda Navarra. Otra cuestión es que algunos navarros reniegan del euskera y lo dejan al margen por una absurda determinación ideológica, es decir, no han hecho ningún esfuerzo por mejorar su capacitación linguística. Así, la decisión, o el derecho, de no aprender euskera no puede prevalecer sobre los derechos democráticos de los vascófonos y vascófilos navarros; ¡eso es supremacismo lingüístico!
Así pues, Navarra Suma (UPN) está cometiendo un error manifiesto al interponer obsesivamente, uno tras otro, recursos contra el euskera y los derechos de los euskaldunes. Quizá debería pensar que su delirio paranoico que le lleva a confundir euskera con nacionalismo, y que le ha llevado a rechazar el euskera, que está en el ADN de Navarra (lengua, toponimia, apellidos...), es una decisión política equivocada. Y es que, de forma obsesiva, está recurriendo el euskera y los derechos democráticos de los/las navarros/as euskaldunes. Parece que sólo puede aceptar que la sociedad navarra hable únicamente castellano, tiene pendiente superar aquella época del “háblame en cristiano”. Afortunadamente, la sociedad navarra ha avanzado en la democratización del uso de las lenguas originarias de Navarra.
Asimismo, el Tribunal Administrativo de Navarra ha cometido un grave error al atender al delirio paranoico de Navarra Suma. De hecho, el Ayuntamiento de Ansoáin, conforme a la Ley del Euskera, tomó un acuerdo adoptado por mayoría cualificada, y dar una sentencia arbitraria en su contra es pura perversión. Perdida la ponderación y los indicios de búsqueda de la justicia que corresponden a un tribunal, ha dictado una resolución ideológica. Una resolución contra la convivencia de los/las navarros/as. ¡Lamentable!