El otro día tuve conocimiento de algo que me dejó alarmada.

A mi exmarido y padre de mi hijo, guardia civil de profesión, le llegó una notificación protegida con contraseña al cuartel de la guardia civil de Jerez de la Frontera (Cádiz), contraseña que era personal y que él en persona debía solicitar a un componente concreto del Sector de Tráfico de la Guardia civil de Navarra, todo ello por temas de la protección de datos.

Cuál fue su sorpresa, que al acudir a recoger dicha notificación se encontró que dicha contraseña (modificada en la actualidad, casualmente) se hallaba escrita a mano en el correo por el que se remitía dicha notificación y en el que se hallaban las instrucciones para solicitarla.

Este acto, vulnerando su privacidad por parte del citado componente del Sector de Tráfico de Navarra, fue denunciado ante el teniente coronel jefe de dicha Unidad para que se depurasen las responsabilidades a que hubiese lugar. No obstante, dicho jefe, en un acto a mi juicio de total desprecio a las leyes sobre la protección de datos, descarta adoptar medidas contra su subordinado alegando que la persona que recibió la contraseña se trataría de un tramitador según la Ley de Protección de Datos.

Ante esto me surgen dudas:

1. Si ese supuesto tramitador puede solicitar la contraseña y acceder al contenido íntegro de la notificación, ¿para qué ponerle una contraseña en lugar de mandarlo desencriptado?

2. ¿Acaso la Guardia civil, y en concreto el teniente coronel jefe del Sector de Tráfico de Navarra se creen por encima de la Ley?

Si con los suyos no protegen los datos, ¿qué harán con los datos nuestros que obran en su poder?

Todo esto me reafirma en no tener dudas que actitudes como ésta, y quién sabe si otras peores, habrán quedado impunes ante la falta de rigor por parte de los responsables de quienes deben cumplir y hacer cumplir la ley. Y lo que es peor, cuántas quedarán impunes si no se les pone coto.