A la vista de la noticia publicada en la página 14 de su periódico del 21 de marzo de 2024, nos vemos en la necesidad de manifestar lo siguiente:

Con fiel cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Foral sobre el Consejo de Navarra, este ha venido ejerciendo sus funciones, en todo momento, con autonomía orgánica y funcional, así como con absoluta objetividad e independencia, no estando sometido más que a lo dispuesto por la Constitución, a la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y al resto del ordenamiento jurídico, no teniendo otro control que el que deriva del Derecho y la Justicia.

Por tal razón resulta especialmente injusta y es falsa la aseveración contenida en su periódico de que se trate de “un órgano que funciona con el control de UPN”. Ni ha sido así, ni es así. Sus miembros, elegidos por el Parlamento de Navarra, han actuado en todas las circunstancias con absoluta libertad, con independencia, y no teniendo otro afán que el de servir con objetividad a la Comunidad Foral de Navarra con la emisión de sus dictámenes, amparados única y exclusivamente en el Derecho.

*El autor es presidente del Consejo de Navarra