El 3 de noviembre de 2023 me nombraron miembro de la comisión de lucha contra el fraude fiscal. Ante la demora en convocarnos a una reunión, el 3 de mayo de 2024 publiqué en este periódico una artículo titulado La inexistente lucha contra el fraude fiscal en el que entre otras cuestiones indicaba “el gran error de los gobiernos del cambio, desde el año 2015, a la hora de solucionar problemas, ha sido confiar las direcciones de servicio de la administración y las direcciones de departamento de las empresas públicas a las mismas personas que con los gobiernos de UPN y desde esas mismas direcciones, crearon esos problemas. Es imposible que directores que estaban de acuerdo, en relación a la lucha contra el fraude fiscal, con las políticas de UPN, puedan llevar a cabo las acciones necesarias para erradicar esta lacra en la actualidad”.

El día 2 de junio de 2024 el consejero de Hacienda nos convocaba a una sesión de la comisión en la que le expuse, entre otras cuestiones, la necesidad y la obligación de que las reuniones de la comisión, de acuerdo a lo indicado en el punto 6 del acuerdo del Gobierno de Navarra, de 24 de febrero de 2021, por el que se modifica la composición de la comisión de lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida y sus normas de funcionamiento, se debe de reunir preceptivamente y en sesión ordinaria con carácter trimestral. Así mismo le indiqué que sería necesario e imprescindible que para hacer un seguimiento riguroso y eficiente de las medidas llevadas a cabo en la lucha contra el fraude fiscal, además de la deuda aflorada en el ejercicio analizado, nos debería de dar datos de la deuda efectivamente cobrada sobre la deuda aflorada en ejercicios anteriores. Ya que hay una gran diferencia entre la deuda aflorada, cuyo dato se aporta en las reuniones, y lo que se llega a cobrar de dicho afloramiento. Como lo demuestra el estudio que realizó la Hacienda de Navarra a raíz del informe presentado en el año 2016 por la Cámara de Comptos sobre la deuda prescrita, en el que se reflejaba que el 30% del importe total de la deuda prescrita correspondía a importes provenientes de actas de inspección.

El 6 de agosto de 2025 publiqué otro artículo en este periódico titulado Los capitalismos. Finalizaba el mismo con la siguiente frase “además, la partida presupuestaria para la lucha contra el fraude fiscal ha vuelto a ser de mil euros y la comisión de lucha contra el fraude fiscal lleva más de un año sin reunirse”.

El 1 de septiembre, en el digital de este medio, leo la noticia de que el consejero de Economía y Hacienda ha reunido a la comisión de lucha contra el fraude fiscal ese mismo día.

Extrañado y, por qué no decirlo, bastante mosqueado, me pongo en contacto con la persona encargada de enviar las convocatorias y me indica que se ha producido un error al transcribir mi correo electrónico al no ponerle una letra, y que por eso no me ha llegado la citación, que realizaron el día 22 de agosto. Lamentan el error y me mandan lo tratado en la sesión.

Independientemente que hasta ese momento había recibido todas las citaciones, por lo que es difícil de entender semejante error informático a no ser que mi correo tenga la facultad de comerse las letras solo. Voy a aprovechar este artículo para preguntarle al consejero de Hacienda lo que sin lugar a dudas le hubiese expuesto en la reunión.

En primer lugar, y respecto a los 131,6 millones aflorados en el año 2024 le hubiese preguntado por el importe efectivamente cobrado, a día de hoy, sobre los 274,9 millones aflorados en el año 2023, y especialmente por esas dos actuaciones en IVA y responsabilidad civil que supusieron 100 y 50 millones de euros respectivamente.

En este sentido le hubiera solicitado en qué punto se encuentra la gestión de esas dos deudas. Si ya se han cobrado o, en caso negativo, si han sido recurridas o aplazadas lo que en su caso habría supuesto la interposición de algún tipo de aval o garantía. Si no se ha producido ninguno de esos hechos, si la deuda ha pasado a ser gestionada por la vía ejecutiva, y en su caso, cuántos y qué tipo de embargos se han realizado y con qué resultado. Si se han realizado las actuaciones para la derivación de responsabilidad, o si al final nada de esto ha dado resultado y estas dos deudas van a pasar a formar parte de la lista de grandes deudores, con lo que se alcanzaría un importe de 500 millones de euros, lo que supondría que las empresas en Navarra deben más a Hacienda que lo que se recauda por el Impuesto de Sociedades en todo el año.

Las principales funciones de la comisión de lucha contra el fraude fiscal son analizar las actuaciones realizadas por el Gobierno de Navarra en el ámbito de la lucha contra el fraude y la economía sumergida, así como realizar propuestas y seguimiento de los planes de actuación y las medidas adoptadas.

Los que formamos parte de esta comisión, al menos los que creemos firmemente en que hay que combatir la lacra del fraude fiscal, no debemos quedarnos únicamente en lo que anualmente nos cuenten los cinco representantes de Hacienda presentes en la comisión. Deberíamos juntarnos y elaborar propuestas, así como fiscalizar debidamente el que estas se cumplan.

Así que, de acuerdo a la normativa de la comisión, espero que en el próximo mes de diciembre se celebre una nueva sesión en la que se aclaren los resultados de tanto afloramiento, así como se nos dé la oportunidad de aportar propuestas al nuevo plan de lucha contra el fraude fiscal 2025-2027.

Y al que realiza la convocatoria recordarle que en mi correo electrónico tiene que poner una L después de mi apellido. Ez horregatik.

El autor es activista del Parlamento Social