Abuso de la temporalidad en Navarra
El abuso de temporalidad en Navarra solo se puede judicializar en el caso de demostrar fraude en la contratación. A día de hoy los contratos administrativos de más de tres años de duración y la concatenación de contratos no se consideran fraude.
Desde LAB, sindicato mayoritario en la Administración Foral y sus Organismos Autónomos, queremos salir al paso de la noticia publicada en este medio el pasado 1 de julio de 2026. En ella se recogía el testimonio de la plataforma Interinos Navarra (creada y apoyada jurídicamente por el bufete Iribarren Abogados) bajo el título “Más de 200 empleados públicos ya tramitan reclamaciones por abuso de temporalidad a través de la plataforma Interinos Navarra”. En dicho artículo se animaba a empleados públicos que han encadenado contratos o nombramientos temporales durante años a unirse a ellos a través de una página web y emprender acciones legales con el convencimiento de que se puede obtener una gran indemnización.
Concretamente señalaban que quienes más están demandando sus servicios son funcionarios interinos, personal estatutario temporal, personal laboral temporal e indefinidos no fijos de distintas Administraciones Públicas. Pues bien, he aquí la prueba del humo que venden. En Navarra tenemos competencia exclusiva en materia de Función Pública. Contamos con un Estatuto propio y unas clases de personal también propias. En nuestra normativa no existe el personal funcionario interino, ni el estatutario.
Además del personal funcionario y el contratado administrativo, en Navarra solo hay laborales indefinidos no fijos (aquellas personas que han sido declaradas como tal por sentencia judicial) y laborales fijos (quienes sí han aprobado una oposición, pero que tras la elección de plaza han acabado en una plaza a tiempo parcial o quienes, habiendo resultado aprobados sin plaza en una oposición, han sido declarados como tales por sentencia judicial).
Lo que ocurre es que este tipo de webs y plataformas funcionan a nivel estatal y se basan en normativa estatal. Con ese mensaje se dirigen a todo el mundo, incluida Navarra. Pero la realidad es que aquí las cosas son distintas.
Pero que nadie piense que tras ello hay desconocimiento. Bufetes y plataformas como el que se publicitó aquí tienen muy claro cuál es su objetivo principal: tratar de desinformar a las y los trabajadores públicos de Navarra con el único fin de lucrarse a nuestra costa. Buscan trabajadoras y trabajadores públicos, los atraen con promesas de enormes indemnizaciones y les hacen iniciar un proceso judicial que les va a generar un enorme gasto para al final no conseguir nada. Por ello, llamamos al personal de las Administraciones Públicas de Navarra a que no hagan caso a este tipo de plataformas y bufetes, pues solo tratan de obtener beneficio económico a nuestras espaldas.
¿Qué situación ha quedado ahora en Navarra?
Hasta hace algún tiempo, si un juez declaraba a un trabajador o trabajadora laboral indefinida no fija, la Administración (en este caso, Gobierno de Navarra) decidía si reincorporar a esta persona al puesto que ocupaba o indemnizarla y expulsarla. Ahora, sin embargo, los contratos administrativos de más de tres años de duración y la concatenación de contratos no se consideran contratos en fraude y no son susceptibles de llevar al Juzgado de lo Social (juzgados de donde proceden todas estas sentencias). Eso hace que haya desaparecido en estos casos la posibilidad de indemnización y quien se encuentre en esa circunstancia vaya simplemente a la calle si la plaza que está ocupando se cubre por personal fijo.
Sin entrar en términos jurídicos complicados, para el personal que presta sus servicios en las Administraciones Públicas de Navarra en virtud de un contrato administrativo, tras la sentencia europea todo sigue igual, nada ha cambiado.
Para las personas que en su día fueron declaradas indefinidas no fijas por sentencia, todo sigue igual, nada ha cambiado.
Los contratos administrativos de vacante que han superado los tres años y la concatenación de contratos no son considerados fraude a día de hoy, por lo que todo sigue igual, nada ha cambiado.
Al igual que hasta ahora, los contratos administrativos a los que la justicia declare fraudulentos, como por ejemplo los contratos de nuevas necesidades en Educación, en el caso de que la persona hubiera aprobado una oposición sin obtener plaza, sí pueden conseguir la fijeza como personal laboral. Si no tienes una oposición aprobada podrás conseguir una indemnización mayor que hasta hace poco tiempo. En LAB tenemos claro que gran parte de esta plantilla dependiente del Departamento de Educación se encuentra con contratos en fraude de ley. De hecho, tenemos varios casos judicializados, pero aún seguimos a la espera de sentencia. Eso sí, estamos convencidas de que finalmente serán favorables.
Y todo esto está referido al Juzgado de lo Social. Si hablamos del contencioso-administrativo, podrán declarar abuso en la temporalidad, pero, a día de hoy, no tiene consecuencias: ni indemnizaciones ni fijezas.
La autora es responsable de LAB-Administrazioa