Alquilar habitaciones de pisos para turistas es “compatible” con usos residenciales
Un informe rechaza las alegaciones de empresas y colectivos contra la norma que hoy se debate
pamplona - La nueva normativa que debatirá hoy el Ayuntamiento de Pamplona para regular los alojamientos turísticos en la ciudad desestima las diferentes alegaciones presentadas -en segunda fase de información pública- por diferentes asociaciones vecinales y hosteleras tras las modificaciones introducidas por el anterior equipo de gobierno a la norma inicial de 2018. Los principales cambios respecto a la propuesta inicial (limitaba a primeras plantas de los edificios la presencia de apartamentos turísticos) para el conjunto de la ciudad son tres: máximo de 200 metros cuadrados para alojamientos turísticos (todos, también habitaciones) sumando los ya existentes; limitación a una pensión y/o piso turístico por portal si comparten entrada con los vecinos (no perjudicará a las ya existentes pero éstas computarán), y se establecen también restricciones por “bloque de edificios” para hostales y pensiones.
En el caso del Casco Viejo se autoriza el alquiler de habitaciones en vivienda habitual (máximo de 50 m2) y, como novedad, la superficie construida para usos turísticos en sus diferentes modalidades (habitaciones, pisos turísticos o negocios) no debe superar el 25% de la manzana (la suma de todos los locales y viviendas).
resto de actividades Hoteles y empresas de apartamentos de la ciudad solicitaban en una batería de alegaciones intervenir sobre los pisos turísticos ilegales, que se eliminase la posibilidad de alquiler de habitaciones con fines turísticos, no reconocer viviendas que no estén situadas en primeras plantas e inscritas en el registro de Turismo con anterioridad a la norma, y reducir de 200 a 150 metros el máximo de superficie destinada a este uso, así como limitar la proliferación del uso de “residencia eventual” (pisos turísticos) en locales comerciales. El Consistorio responde a todas ellas que el alquiler de habitaciones con fines turísticos anejo a la vivienda habitual es “compatible con el uso de parcela residencial colectivo de manera semejante a como lo son las oficinas anejas a vivienda habitual que en Pamplona han venido funcionando adecuadamente”. La normativa afronta el tratamiento de establecimientos turísticos existentes desde “una visión urbanística global de la ciudad y de manera coherente al del resto de las actividades”. Entienden además que esta actividad con fines turísticos lo es “sin perjuicio de la denominación turística que le corresponda en cada momento y de obtener las autorizaciones, registros pertinentes...”. Y la superficie máxima (200 m2) es fruto de una enmienda “aprobada en el Pleno”, agrega.
A la Asociación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Navarra que proponía mayores limitaciones en el Casco Viejo para apartamentos turísticos, entre otras, responde que la nueva propuesta es más restrictiva que la inicial. Respecto a las alegaciones del colectivo AZ Ekimena y Convivir en lo Viejo que pedían declarar lo Viejo como zona saturada de alojamientos turísticos, responde que el nuevo texto “flexibiliza la implantación de uso residencia eventual pormenorizado” pero “limita las posibilidades al uso residencial eventual detallado”. Y la norma actual ya contempla, añade, la posibilidad de que los edificios destinados a residencia eventual (pisos turísticos) cuenten con actividades hosteleras. Descarta también por seguir su trámite en Pleno la petición de Convivir en lo Viejo contra la propuesta que marca el 25% de margen para las nuevas actividades turísticas y que el colectivo considera “más perjudicial” que la inicial.