El Ayuntamiento de Pamplona ha aceptado las recomendaciones que le ha realizado el Defensor del Pueblo de Navarra en relación con el empadronamiento de personas desfavorecidas que carecen de vivienda o residen en infravivienda.

El Defensor le ha recomendado que procure alternativas y adopte determinadas medidas en relación con el empadronamiento de personas en situaciones de exclusión que carecen de vivienda o residen en infraviviendas, o bien que padecen vetos o condicionamientos indebidos por parte de las personas propietarias de viviendas o arrendadoras de habitaciones.

La respuesta oficial del Ayuntamiento de Pamplona, según indica, ha sido la de aceptar los tres puntos de la resolución, detallando las medidas a implantar para facilitar ese empadronamiento de las personas desfavorecidas, en situación de dificultad o exclusión social, una parte de ellas migrantes en situación irregular.

Esta resolución tiene su origen en una actuación de oficio iniciada por la oficina del Defensor del Pueblo de Navarra a principios de año, tras haber mantenido decenas de encuentros con asociaciones y entidades sociales, que trasladaron su preocupación por las trabas que los colectivos desfavorecidos se encuentran para lograr empadronarse al no poder demostrar con documentación su residencia.

Esta situación se agrava, además, por el hecho de que algunas de las vías actuales para el empadronamiento facilitan que se produzcan casos de chantaje y extorsión sobre esas personas por parte de propietarios o arrendadores sin escrúpulos que se aprovechan de la situación de necesidad de los más débiles, según atestiguaron.

Tras afirmar que el derecho a empadronarse es "un derecho básico y fundamental, porque es la puerta de entrada a otros derechos esenciales y a las prestaciones sociales", Patxi Vera sostiene que no pueden aceptar "que se pongan tantas trabas para hacer un mero trámite administrativo y que haya delincuentes que se estén aprovechando de los más desfavorecidos".

Sin empadronamiento no se pueden solicitar permisos de residencia o de trabajo, tarjeta sanitaria, matrícula en un centro educativo para los hijos, reagrupación familiar de cónyuge o hijos, ayudas sociales o acceso a servicios culturales y deportivos o demostrar el arraigo para solicitar los papeles de residencia legal, entre otros.

Por eso recomendó procurar alternativas para los casos en que los propietarios impidan o condicionen indebidamente el empadronamiento de personas, con vistas a favorecer este y a reflejar la realidad residencial, siendo proactivo en la utilización de la denominada "alta de oficio", sin perjuicio de la correspondiente comprobación

A ello suma trabajar en la elaboración de unos criterios o parámetros generales para proceder al empadronamiento en situaciones especiales, en casos de personas sin vivienda o en infraviviendas, procurando la coherencia y la no discriminación en la toma de decisiones, contando para ello con la participación de las entidades sociales.

Plantea también valorar la adopción de medidas para procurar contar con un mayor grado de documentación y registro de las situaciones referidas y que, en todo caso, las denegaciones, de producirse, se formalicen expresamente, por escrito y con indicación a los interesados de las vías impugnatorias.

A través de una respuesta oficial, el Consistorio pamplonés ha confirmado que acepta las tres recomendaciones, al tiempo que avanza algunas de las medidas que contempla introducir en esa línea.

Respecto a la primera se adelanta que la comprobación municipal se podrá realizar también a través del envío de una notificación certificada o bien mediante la visita de Policía Municipal al domicilio.

Para el cumplimiento de la segunda, se ha creado un grupo de trabajo, integrado por profesionales de las Áreas de Servicios Sociales y Gestión de Personas (Padrón), propuesta que se elevará al órgano decisorio del Ayuntamiento.

Para aplicar la tercera, se anuncia que el grupo de trabajo anterior trabajará para elaborar un circuito entre las Áreas afectadas, con el fin de lograr el registro y notificación a los interesados, con indicación de las vías impugnatorias correspondientes, de aquellas demandas de empadronamiento que puedan resultar denegadas.