pamplona - El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pamplona ha condenado al periódico El País
El juez considera que el titular de la información objeto de litigio no forma parte de una valoración política que quepa enmarcar dentro de la libertad de prensa, constata que el periódico no aportó “ninguna prueba sobre la realidad de esa actitud rebelde” y considera “gravísimo” dar a entender que el Gobierno foral tiene “una intención malévola de incumplir la ley”, cuando las comunicaciones del Ejecutivo foral al Tribunal de Cuentas siempre han sido ajustadas a derecho. La sentencia es recurrible y obliga también al periódico a pagar las costas del proceso.
Es, parece, el final a un culebrón extraño que saltó a la opinión pública el 28 de junio, cuando el periódico El País publicó en su versión digital un texto con el titular que se reproduce en la fotonoticia de esta misma página. Ilustrada con una fotografía de la presidenta Barkos, la información (que hacía alusión a hechos anteriores en el tiempo) daba a conocer que el Tribunal de Cuentas, tras no haber recibido la documentación solicitada, estudiaba denunciar por un delito de desobediencia al Gobierno foral ante la Fiscalía.
La polémica, no por ser vieja, dejó de indignar en Navarra. Los intentos del Tribunal de Cuentas por fiscalizar aspectos de las cuentas navarras han sido constantes a lo largo de la historia, pero nunca hasta ahora habían llegado tan lejos. Siempre se habían solucionado a través de un acuerdo en el que el Gobierno de Navarra de turno (esto ocurrió tres veces durante el último periodo de Barcina) se acogía a lo dispuesto en el Amejoramiento y la Constitución. Esto es, que la competencia en exclusiva para fiscalizar el dinero público de la Comunidad Foral recae en la Cámara de Comptos. Ha sido ahora, con el actual Gobierno, cuando el órgano fiscalizador estatal ha amenazado con querellarse o con imponer multas. Sin embargo, la reacción desde Navarra fue unánime: expresidentes como Sanz y Del Burgo respaldaron la decisión de Barkos de no ceder ante Cuentas; la Cámara de Comptos emitió un comunicado y confeccionó varios informes jurídicos que avalaban la preeminencia de su órgano frente al estatal; y el Parlamento se posicionó, por unanimidad, del lado de Navarra.
imputación “gravísima” Por eso, el Gobierno decidió emprender acciones legales contra El País, que acusó de incurrir en una rebeldía que nunca se produjo y por la que ahora tienen que rectificar. En sus alegaciones, y tal y como se recoge en la sentencia, el Gobierno de Navarra veía que “no se incurría en ninguna rebeldía” y que era “inexacto e incierto” que el consejero Aranburu se negase a remitir la documentación en los términos planteados por el periódico, por lo que consideraba que se estaba produciendo un “perjuicio a la consideración y dignidad pública” del Ejecutivo.
El juez estima las tesis del Gobierno y considera que el periódico no ha aportado pruebas “sobre la actitud rebelde” de la que responsabiliza al Ejecutivo, así como tampoco se puede deducir de los escritos que Aranburu remitió el 27 de mayo de 2016 y 30 de marzo de este año (adjuntados en la demanda) ningún “incumplimiento legal”. Además, el juez señala que el Gobierno ha acreditado “suficiente y atinadamente” cuál es el régimen de Comptos y ha incluido “precedentes en los que se demuestra que el Gobierno, nunca antes tachado de rebelde por esta cuestión, no ha variado su criterio y ha actuado correctamente”.
Para admitir la rectificación, el juez considera que el “lector normal” del titular no deduce que se trata de una disputa competencial, sino que “lisa y llanamente” hay “una actitud del Gobierno de eludir obligaciones” que el lector interpreta como fiscales y que puede entender que le afectan “a su bolsillo o a su sentido de la igualdad, lo que en lógica se presume que le indigna y le impele a exigir responsabilidades para que se actúe para poner fin a esa rebeldía”, detalla el magistrado, quien ve una intención de “estimular con el titular a que se entienda que hay un ánimus de autentica rebeldía al Estado”, algo que apunta es “gravísimo” dar a entender “aunque sea de manera indirecta”, en la medida en la que afecta “no sólo al consejero sino a toda una institución”. A este respecto, y para concluir que se acepta la rectificación, el juez cree que no rectificar el titular podría trasladar a la opinión pública la idea de que es necesario “intervenir la autonomía” o “inhabilitar a la presidenta y al consejero”, tratando de “engendrar en el lector la idea de que es procedente la adopción ya de medidas urgentes antes de que sea tarde”.