El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso que el Estado presentó contra la Ley Foral 5/2024 de Protección Civil y Emergencias de Navarra el pasado 11 de febrero.
El recurso, elaborado por la Abogacía del Estado, tiene su fundamento en que el Estado considera que la modificación legislativa afecta a la jubilación anticipada de algunos perfiles de bomberos.
Como la Administración central tiene la potestad absoluta en cuanto a jubilaciones y Seguridad Social, fue el Consejo de Ministros del día 11 de febrero el que decidió, después de un periodo de infructuosas negociaciones con Navarra, pedir al Constitucional el recurso. El recurso, eso sí, no solicita la suspensión cautelar de la norma hasta que el Tribunal se pronuncie definitivamente.
Afecta a peones y auxiliares
Concretamente, la ley navarra modifica algunos puntos muy concretos del artículo 53. Estos cambios afectan a algunas funciones específicas, como son las de peones y bomberos auxiliares. Navarra, a la hora de aprobar los cambios, tuvo en cuenta que existían una serie de desbarajustes con los coeficientes reductores de jubilación anticipada, y procedió a reordenar, a su manera, esta situación.
Lo que pasa es que el Estado cree que este cambio afecta a la entrada al sistema de jubilación, sobre el que tiene potestad absoluta, y por eso lo recurre. Hay que decir que la del recurso no fue la primera opción: desde 2019, Navarra y el Estado han priorizado las conversaciones amistosas ante las discrepancias legislativas. Así se han evitado varios recursos y se ha limitado mucho la lista de pleitos entre Navarra y el Estado, que hasta hace no tanto acumulaba decenas de casos.
Las conversaciones arrancaron en junio de 2024, y en septiembre de ese año empezaron las negociaciones. Lo que pasa es que no salieron bien y a finales de enero el Estado decide recurrir ante el Constitucional. El asunto llega al Consejo de Ministros del día 11 de febrero, y ese mismo día el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ordena a la Abogacía del Estado el trámite del pleito.
Los argumentos del abogado del Estado
El abogado del Estado apunta en su escrito que la regulación del régimen de Seguridad Social del personal que desempeña su actividad en el servicio de prevención de incendios de la Comunidad Foral corresponde al Estado, y que "la legislación básica" impide a Navarra "extender la aplicación de un régimen de Seguridad Social específico fuera de las previsiones para el que ha sido previsto, con independencia de que Navarra ostente competencias en régimen estatutario del funcionario público. La Abogacía lo explica con el hecho de el de la Seguridad Social es un capítulo aparte y autónomo al del régimen de los funcionarios.
Interior defiende la norma
El Estado lo hizo público en febrero, pero no ha sido hasta ahora que el Constitucional ha admitido a trámite el tema. Cuando el Gobierno central hizo el anuncio, la consejera de Interior, Amparo López, aseguró que Navarra iba "a defender la constitucionalidad de esta reforma" y que "el Parlamento de Navarra podría hacer lo mismo".
En una rueda de prensa, López explicó que "el Parlamento impulsó una modificación de dicha ley foral y se incluían las categorías de conductor auxiliar de bombero y peón auxiliar de bombero redefiniendo las funciones" y añadió que "para este Gobierno la gestión de la estrategia es un pilar fundamental y el servicio que presta Bomberos es más que obvio y necesario, es una apuesta muy clara".
La consejera indicó que "hay una interlocución directa con el Gobierno de España" y que "fruto de la buena relación que hay entre ambas instituciones no se ha pedido la suspensión de la norma". "Hasta que se pronuncie el Constitucional la norma sigue vigente", aseveró López, quien añadió que "en este momento nos mantenemos en el texto".