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En prisión un conductor condenado por causar, ebrio, un choque mortal en 2007

Antonio G.P. fue sentenciado a 3 años de cárcel por homicidio imprudente Invadió el carril contrario y colisionó en Berrioplano con el coche de una vecina de Larragueta que falleció en el acto

pamplona. El Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona ha ordenado el ingreso en prisión de un conductor sentenciado a 3 años de prisión por causar un accidente mortal en Berrioplano en 2007 cuando circulaba influenciado por la ingesta de alcohol. El acusado invadió el carril contrario y colisionó contra el coche en el que viajaba June Edurne Olayzola, de 27 años y vecina de Larragueta, que falleció en el acto.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial estableció como hechos probados que el 18 de febrero de 2007 Antonio G.P., de 33 años y vecino de Irurtzun, a pesar de haber consumido bebidas alcohólicas que le "incapacitaban para conducir con normalidad", se puso al volante de su coche y circuló por la N-240-A hacia Pamplona.

En las condiciones descritas, y al llegar a la altura del punto kilométrico 7,680 en torno a las 3.55 horas, perdió el control del turismo e invadió el carril contrario, por donde circulaba correctamente June Edurne Olayzola, que "nada pudo hacer para evitar la colisión frontal angular" entre ambos vehículos.

Como consecuencia del choque, el vehículo en el que circulaba la víctima giró 180 grados en sentido contrario a las agujas del reloj, se salió de la vía y realizó "un cuarto de vuelco en tonel", para quedar situado sobre su costado izquierdo en la cuneta canalizadora de aguas, situada en el margen izquierdo según el sentido de marcha del acusado. La conductora, esposa del batería del grupo musical Marea Alen Aierdi y madre de un niño de 14 meses, sufrió lesiones consistentes en politraumatismos (TCE y de extremidades) que determinaron su fallecimiento en el mismo lugar de los hechos.

Los análisis practicados al procesado para determinar el grado de alcohol en sangre arrojaron un resultado de 1,79 g/l. (la tasa máxima permitida es de 0,50). La sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona condenó al imputado como autor responsable de un delito de homicidio imprudente y le impuso una pena de 3 años de prisión, así como la retirada del permiso de conducir durante 3 años y medio.

Frente a esta sentencia, el acusado presentó un recurso de apelación, que la Audiencia Provincial rechazó. La Sala concluyó que la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas estaba acreditada y desestimó las alegaciones presentadas por el acusado en torno a la validez de las pruebas etilométricas que se le efectuaron en el Hospital de Navarra. Tampoco apreció el tribunal la atenuante de reparación del daño relacionada con el pago de 3.000 euros que hizo el acusado tres días antes del juicio. Ahora ha ingresado en prisión.