PAMPLONA - La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado los recursos de tres jóvenes de Alsasua y ha confirmado su procesamiento por los delitos de atentado, lesiones, provocación a la discriminación, odio o violencia contra grupos y terrorismo por su supuesta participación en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas ocurrida la madrugada del 15 de octubre en un bar de la citada localidad. Aunque aún restan por ser resueltos los recursos interpuestos por los otros seis procesados, el tribunal entiende que hay indicios para su enjuiciamiento por un delito de carácter terrorista, ya que no acepta que se tratara de “una pelea de bar”.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ha ratificado los procesamientos de O.A.C., uno de los tres jóvenes que permanece en prisión desde noviembre, y de J.G.L. y de J.A.C., que se encuentran en libertad desde diciembre, rechazando de ese modo la inhibición de la Audiencia Nacional en favor del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona, en el que también se abrió una causa por los mismos hechos.
En sendos autos, la Sala de lo Penal recuerda que un auto de procesamiento es una imputación formal de carácter provisional que recoge los indicios racionales de criminalidad. Y en el presente caso, a su juicio, existen “nítidos” indicios de participación delictiva de los tres procesados en unos hechos que, según los magistrados, encajan dentro de los delitos que son competencia de la Audiencia Nacional. “En modo alguno resulta descartable, sino todo lo contrario, que nos encontramos ante un delito de naturaleza terrorista”.
“no una pelea de bar” Según sostienen los jueces en sus resoluciones, los actos cometidos en la madrugada del 15 de octubre de 2016 no se pueden considerar “como una simple agresión a dos personas que iban con sus respectivas novias, y mucho menos como una pelea de bar, si prestamos atención al contexto en el que se produjo, los prolegómenos de las agresiones, la entidad de las lesiones producidas, el número de agresores, la función pública ejercida por los dos principales agredidos y el grave rechazo que produce en ellos, sus familias y allegados la presencia de la Guardia Civil en el pueblo navarro de Alsasua, donde incluso existe un movimiento específico que preconiza su expulsión y su rechazable aislamiento social”. Todo ello, según el tribunal, “crea un ambiente de grave crispación social, de alteración de la paz pública y de temor en una parte de la sociedad, ambiente generador y propiciador de actos genuinamente terroristas”.
En cuanto a la inexistencia de indicios de un delito de odio y de terrorismo alegada por las defensas, la Sala afirma que “vienen perfectamente determinados en el auto de procesamiento (...) si nos atenemos a las descripciones de sus conductas efectuadas por las verosímiles y nada contradictorias versiones de los atacados, y a las posteriores actuaciones del movimiento que preconiza la expulsión de la Guardia Civil”. En cuanto a los indicios de los delitos de lesiones y atentado a agente de la autoridad, no se admite la tesis “acerca de la fragilidad y subjetividad de las declaraciones incriminatorias de los cuatro perjudicados, que reiterada y persistentemente describen las acciones protagonizadas por los apelantes”.
Por último, rechaza practicar varias testificales solicitadas por la defensa por entender que “no son necesarias ni útiles en este momento procesal”, sin perjuicio de la posibilidad de que se proponga a dichos testigos para la fase del juicio.